El estudio de la ética aplicada a los negocios ha tomado relevancia en las grandes universidades del mundo. Por ejemplo, el Edmond J. Safra Center for Ethics de la Universidad de Harvard, cumplió 25 años de intensa actividad en 2012. En esa prestigiosa universidad se dictan actualmente 286 cursos que abordan el tema ético en sus diferentes carreras. Uno de los centros de investigación con mayores recursos de la Universidad de Cambridge (Reino Unido), es el Centre for Business Research, con numerosas investigaciones de cómo la ética aplicada en los negocios impacta a la economía en general. Se entiende hoy que la ética aplicada en los negocios tiene un amplio impacto en la sociedad y en su economía, como por ejemplo en la calidad de los productos y servicios de una empresa, en su ambiente laboral, en el pago de impuestos, en las instituciones reguladoras y en el establecimiento de leyes que promuevan mejores prácticas en los gobiernos corporativos.
El desarrollo moderno del mercado de capitales, con sus altas y bajas, sus defectos y excesos, pero con cada vez mayor capacidad de financiar con capitales a las empresas, a través del ahorro privado de la sociedad, ha sido el motor principal que ha promovido el estudio de la ética en los negocios, en áreas como la de los gobiernos de las empresas y sus prácticas corporativas, la defensa de los intereses genuinos de los pequeños accionistas y el ambiente legal e institucional para los negocios. A partir de la crisis bursátil estadounidense de los años 80, el estudio de la ética aplicada sobrepasó a los empresas públicas (aquellas que cotizan en bolsa) e incluye hoy a las empresas privadas, de cualquier tamaño, y a las empresas gubernamentales. En Venezuela se le engloba como “responsabilidad social empresarial”, y más recientemente y con mayor alcance, se habla de la “responsabilidad moral de la empresa”. Vale la pena comentar, que recientemente, a finales de 2012, el Pontificio Consejo de Justicia y Paz, publicó un documento titulado “La Vocación del Líder Empresarial”, reflexionando sobre el importante rol del emprendedor en la sociedad, y que como hombre de buena voluntad está llamado a impregnar de ética y moral cada una de sus decisiones de negocios, persiguiendo la justicia en su relación con cada uno de los stakeholders (dolientes) de su actividad empresarial: clientes, proveedores, colaboradores, acreedores, gobierno, sociedad, competidores, socios, entre otros. El documento hace un valioso esfuerzo en aterrizar elevados temas, a prácticos consejos que guíen la actividad empresarial.
Uno de los aspectos más estudiados en la academia, en el campo de la ética en los negocios, es aquel que los estadounidenses bautizaron como “self-dealing” o “tunneling”, lo que algunos traducen como auto-beneficio, auto-compensación o expropiación de inversionistas1, y señala la conducta de un administrador, un funcionario de la corporación u otro depositario de confianza, que consiste en tomar ventaja de su poder decisorio o de su posición en una transacción, y actuar por sus propios intereses y no por los intereses de los accionistas corporativos o de sus clientes. El self-dealing puede implicar la apropiación indebida o usurpación de los activos económicos, sociales y oportunidades de la corporación. Sólo a manera de ejemplo, en las prácticas de self-dealing pueden entrar: el uso personal de activos corporativos como aviones, escoltas, compras a otras empresas donde se tienen intereses, cobro de comisiones, venta de información privilegiada o de secretos industriales, compensaciones económicas u accionarias desproporcionadas, ocultamiento de información a otros accionistas para beneficio propio o de otros accionistas, entre muchos otros. Se entiende actualmente que el self-dealing no sólo tiene impacto negativo en los accionistas corporativos (shareholders), sino también en los stakeholders, entendidos éstos como cualquier persona o entidad que es afectada o interesada por las actividades o la marcha de una organización; por ejemplo, los trabajadores de esa organización, sus accionistas, las asociaciones de vecinos afectadas o relacionadas, los sindicatos, las organizaciones civiles y gubernamentales que se encuentren vinculadas, los entes financieros, las autoridades tributarias, etc.
Otro aspecto relevante estudiado en la academia, y que tiene mucha asociación con el Self-Dealing, es la Teoría de la Agencia2. Esta define la tensión que hay entre un Agente, aquel encargado de ejecutar acciones, y un Principal, aquel que ha definido las acciones que el Agente debe ejecutar. En esta teoría, el Principal asume unos costos para poder alinear los intereses del Agente a los suyos; llamados costos de agencia. La idea, es que estos costos sean lo más bajos posibles. En la empresa, el Agente es el gerente, y el Principal es el socio. En la sociedad, el Agente es el gobierno, y el Principal es el ciudadano de a pie. Esta teoría, fundamental para el tema del gobierno corporativo, tiene entre sus principales estudiosos a los profesores Eugene Fama, Michael C. Jensen y William Meckling.
Lee Iacocca: De un salario de un dólar a ser el mejor pagado del mundo, en sólo 8 años
Lee Iacocca, el famosísimo presidente de la automotriz Chrysler, llegó a ella, luego de trabajar 27 años en Ford, en plan de salvador en 1978. Chrysler en los años 80 enfrentaba una severa crisis. Iacocca cobró simbólicamente un dólar mensual durante su primer año, logró rebajas importantes en los beneficios por parte de los sindicatos de trabajadores que ascendieron a 475 MMUSD, rebajas impositivas del gobierno federal estadounidense además de un importante crédito del mismo gobierno que superó la astronómica cifra, para aquel entonces, de 5.000 MMUSD. Con su reconocido talento para el desarrollo de productos automotrices (fue el creador del Ford Mustang), Iacocca introduce las primeras minivans: el Caravan de Dodge y el Voyager de Plymouth que provocaron cambios dramáticos en el ambiente del automóvil estadounidense, y llevó a Chrysler a ser de nuevo una empresa rentable: En 1994, uno de cada diez carros vendidos en EEUU y Canadá, era una minivan, de las cuales el 40% fueron hechas por Chrysler. En 1983, Chrysler paga 1.200 MMUSD en préstamos federales, siete años antes del vencimiento. En 1985, Chrysler y Mitsubishi anuncian una fábrica conjunta en Illinois. En 1987, Chrysler adquiere American Motors S.A. y Jeep. En 1991, el último de Iacocca en Chrysler, la empresa tuvo pérdidas por 795 MMUSD, que su sucesor Bob Eaton revirtió en 1992, cuando Chrysler obtuvo beneficios por 500 MMUSD en vía de lograr su récord de 3,7 MMUSD en 1994. Pero en 1998, en una nueva crisis, se unen Chrysler y Daimler-Benz y se crea la Daimler-Chrysler.Lee Iacocca se convirtió en el vocero público de Chrysler. Sus resultados lo elevaron a nivel de celebridad y los inversionistas invertían en la empresa cautivados por su figura.
En la reestructuración de la empresa, Iacocca creó un “comité de compensaciones” que él mismo controlaba. Lee Iacocca pasó de un salario de 1 dólar a ganar 868.000 dólares en 1980, ubicándose en el puesto No. 100 de la lista Forbes de los CEOs mejor pagados. En 1986, sólo seis años más tarde, su compensación fue de 20,5 millones de dólares, llevándolo al puesto No. 1 de la lista Forbes.
Su compensación, incluyendo opciones de acciones y otros beneficios, creó un precedente de self-dealing (auto-compensación) que se extendió durante una década en muchas empresas, incluso globales. Es así como en la década pasada cayeron en crisis y en investigaciones mercantiles y penales, empresas como Enron (falseo de cuentas, ocultación de pérdidas y préstamos indebidos a directivos), Arthur Andersen (auditorías fraudulentas a empresas incursas en delitos), World Com (contabilidad fraudulenta, préstamos indebidos a directivos), IMClone System (uso de información privilegiada), Vivendi Universal (contabilidad errónea y malas prácticas de gestión), General Electric (sueldos y compensaciones exageradas a sus directivos), Rite Aid (incremento ficticio de beneficios), entre otras. Temas todos, que salen a flote con cada crisis financiera, y que es parte fundamental de la justificación de la promulgación de la Ley Sarbanes-Oxley de 2002, en los Estados Unidos, que nace con el fin de monitorear a las empresas que cotizan en la bolsa de valores, para evitar que las acciones de las mismas sean alteradas de manera dudosa, y así evitar fraudes y riesgo de bancarrota, protegiendo al inversor.
Anita Cisneros demanda a sus hermanos Gustavo y Ricardo
El 14 de febrero de 1981, desaparecieron en el mar Antonio José Cisneros Rendiles y su esposa, Rebeca Raue de Cisneros, dejando huérfano a su único hijo Fernando Cisneros Raue, en ese entonces de 3 años de edad. El matrimonio Cisneros-Raue se dirigía en un vuelo privado, con Antonio Cisneros tripulando la avioneta YV-1258P, a la isla de Curazao. Desaparecieron en el trayecto, y sus cuerpos nunca fueron encontrados. Su tía, Anita Cisneros Rendiles de Massa fue nombrada tutora del menor Fernando Cisneros Raue.
Antonio José era hijo de Diego Cisneros Bermúdez (1911-1980), quien junto a su hermano, Antonio Cisneros Bermúdez, había construido uno de los conglomerados empresariales más importantes de Venezuela, que años después se transformaría en la Organización Diego Cisneros. Del conglomerado participaban Venevisión, Sears (posteriormente Maxys), Helados Tío Rico, Supermercados Cada, PepsiCola, Hit de Venezuela, entre otras.
Diego Cisneros Bermúdez y su esposa Albertina Rendiles Martínez tuvieron una familia numerosa: un total de 6 hijos varones y 2 hembras. Gustavo y Ricardo Cisneros Rendiles quedaron al frente de la administración de la Sucesión de Diego Cisneros Bermúdez. Y el niño Fernando Cisneros Raue heredó, como hijo único, la participación de su padre Antonio José Cisneros Rendiles en la sucesión.
En 1995 se hizo pública la demanda de Anita Cisneros Rendiles de Massa en contra de sus hermanos Gustavo y Ricardo Cisneros Rendiles en el Tribunal Superior de Familia y Menores. Buscaba con la demanda asegurar la protección de los intereses del menor Fernando Cisneros Raue. En su condición de tutora, Anita Cisneros solicitó la protección de los intereses del adolescente y exigió a los presuntos agraviantes, Gustavo Cisneros y Ricardo Cisneros, rendición de cuentas para determinar a cuánto ascendía su herencia y, asimismo, pidió se decretara la suspensión de la venta de las empresas CADA y Maxys, que constituían parte del patrimonio familiar. La jueza accedió a la petición de Anita, y suspendió en aquel momento el proceso de venta que habían adelantado los hermanos Gustavo y Ricardo.
En su escrito de demanda, Anita Cisneros de Massa calificó de “maraña de empresas” la manera en que fue establecida la participación formal de su sobrino huérfano en las diferentes empresas de la organización Diego Cisneros, agregando que sobre el patrimonio del adolescente no existía control alguno de los “órganos de tutela”. Razonaba Anita Cisneros en su demanda, “El menor debe tener participación directa a título personal o indirecta a través de una empresa de su propiedad (…) esto le permitiría recibir los dividendos que dicha inversión produce en la cuantía pactada por otros miembros de la sucesión”, y agregaba, “gracias a una maraña de empresas, la participación del menor ha sido establecida a través de diversas empresas que detentan la participación de los hermanos no separados (Gustavo, Ricardo, Marión y el menor heredero) hasta llegar en la cadena final de titularidad de propiedad a Corporación Everest (de la cual el menor formalmente no es accionista) y a Organización Meta C.A.”
Ahora bien, por la estructura y mecanismos ideados para la participación del menor no se le permite percibir ningún dividendo en efectivo, “tales dividendos son percibidos por la Corporación Everest y Sucesión Diego Cisneros o por la cadena de titularidad intermedia y ellos son diluídos, pagando obligaciones de las compañías o haciendo nuevas inversiones”, aseguraba la demandante, sin dejar de lado que “todo está controlado por Gustavo y Ricardo Cisneros, quienes adicionalmente hacen participar a nuestro sobrino en todos los riesgos y costos al ser propietario real aun cuando no es titular formal de su parte porcentual en alguna de ellas como Corporación Everest, pero no le han entregado un centavo por concepto de dividendos”.
En su demanda Anita Cisneros de Massa señala que los administradores de las empresas habrían tomado ventaja indebida del patrimonio de su sobrino huérfano: “Todo esto le genera graves perjuicios al menor, entre ellos que no tiene beneficios, ni sus intereses están representados cabalmente ni controlados por los órganos de tutela”.
Este caso desapareció de la opinión pública en el mismo año de 1995. En marzo de 1995, se anunció la venta de 62 supermercados CADA y de 11 tiendas Maxys por 125 millones de dólares, a un grupo formado por la Cadena de Almacenes Colombianos (Cadenalco), Grupo Polar de Venezuela y el Grupo Makro de origen holandés.
Previamente la juez superior había citado a los presuntos agraviantes, con la finalidad de definir al acervo hereditario del menor y su participación en las diferentes empresas. Al levantarse la prohibición de venta de CADA y Maxys, se entendió que la demandante Anita Cisneros de Massa, como tutora, habría llegado a un acuerdo satisfactorio para el patrimonio de su sobrino.
Sidor: De accionistas Clase B a Clase Z
El Estado venezolano aprobó el proceso de privatización de las empresas básicas de la CVG, incluida Sidor, en diciembre de 1994, después de dos intentos de golpes militares (febrero y noviembre de 1992), de la renuncia del Presidente Carlos Andrés Pérez en 1993, y de la quiebra bancaria de 1994. En ese momento la siderúrgica venezolana era la única empresa importante del sector, dentro de América Latina, que permanecía en manos del Estado.
Aunque la decisión era vender en un solo bloque las cuatro unidades de negocios de la empresa (productos planos, no planos, tubos sin costura y servicios de apoyo), antes de la privatización se desincorporó la planta de tubos sin costura y sólo se ofreció en venta el 70% de Sidor. La consultora Salomón Brothers estimaba, en los días previos a la licitación pública de Sidor (diciembre de 1997), que la propuesta mínima debía ser de 671,5 millones de dólares y además el ganador tendría que invertir 1.621 millones más, para asumir las deudas y garantizar las inversiones tecnológicas necesarias. Este precio fue considerado demasiado alto y en esos días se retiraron dos consorcios internacionales, quedando solamente tres interesados: el Consorcio Aceros del Orinoco, el Consorcio Ispat y el Consorcio Amazonia. Este último fue el ganador con una oferta de 1.202.020.201 dólares por el 70% de Sidor.
Al momento de adquirirse Sidor, el Consorcio Amazonia pagó 1.202.020.201 dólares, capital integrado de la siguiente manera: Grupo ALFA (México) -30%-, a través de la empresa Hylsamex; Organización Techint -40%-, a través de las empresas Siderar de Argentina, Tamsa de Veracruz (México) y Techint International Engineering de Panamá; Sivensa (Venezuela) -20%- y Usiminas (Brasil) -10%-. El Estado venezolano sólo puso a la venta el 70% de la empresa, por lo tanto, quedó en sus manos el 30% de las acciones restantes. Sin embargo, la ley de privatización de 1994, en su artículo 13, contemplaba que el 20% de la porción en manos del Estado se vendiera a trabajadores y ex trabajadores de las empresas estatales privatizadas, en calidad de pequeños accionistas y otro 10%, en un plan de participación ciudadana.
En cuanto a la participación en las acciones de los trabajadores y ex trabajadores de Sidor, al terminar el gobierno de Rafael Caldera (diciembre de 1998) estaba listo el acuerdo previsto en la ley de privatización de 1992, que establecía la venta entre ellos del 20% de las acciones en poder del gobierno. Pero hasta abril de 2004, el gobierno del presidente electo en el año 1998, Hugo Chávez, no lo había puesto en ejecución, de forma que el Sindicato Único de Trabajadores Siderúrgicos y Similares (Sutiss) inició una huelga indefinida para forzar que la CVG, depositaria de esa proporción del capital accionario, repartiera las acciones e incluyera en la oferta a todos los trabajadores y no sólo a los que habían manifestado su interés al momento de privatizarse la empresa. También exigía que Sidor cancelara dividendos por ganancias en el ejercicio fiscal 2003. Como resultado de la huelga, el Estado venezolano vendió, en el año 2004, 3.058.600 acciones a 11.843 trabajadores elegibles, quedando una cantidad de 451.427 acciones por vender, a la cual se incorporaron 494.000 nuevas acciones en el 2006. De esta forma se alcanzó en este último año el 20% del capital accionario del Estado, a disposición de trabajadores, jubilados y pensionados de Sidor. También se logró un entendimiento con el Ministerio de Industrias Básicas y la CVG acerca de su derecho, como pequeños accionistas, a participar en los excedentes anuales de la empresa. Según el presidente de la Asociación de Accionistas tipo B, la CVG era renuente todavía en el 2005, a desprenderse de las acciones bajo su custodia porque Sidor arrojaba buenos dividendos y tenía planes de expansión. A los trabajadores ingresados a Sidor después de su privatización, la CVG les ofreció 10% de las acciones al mismo precio acordado al momento de privatizarse la siderúrgica Bs. 43.414 para cada acción, mientras el valor de mercado era de Bs. 72.000. El proceso se efectuó en dos etapas: en la primera (2004) los jubilados, pensionados y trabajadores activos al cierre del año 1996 ratificaron su disposición a adquirir acciones, sobre la base preasignada en 1998, tomando en cuenta el sueldo y la antigüedad del trabajador; en la segunda (2005) se vendió el remanente y se incluyó en la oferta a los nuevos trabajadores de la empresa. Los accionistas clase B obtuvieron el derecho a tener dos representantes en la junta directiva de Sidor.
En el año 2006 se llevaron a cabo una huelga y una “operación morrocoy” para protestar por la negativa de la CVG a entregar excedentes de caja a los accionistas tipo B de Sidor, con el argumento de que ellos irían a un Fondo Guayana, manejado por el Estado y destinado a obras sociales. Los trabajadores accionistas mostraron su oposición a la propuesta del Estado por considerar que los millones de dólares no distribuidos y asignados al Fondo Guayana, “no se sabe en qué programas fueron realmente invertidos”. En esa oportunidad el abogado de los accionistas tipo B también declaró al diario El Correo del Caroní (27 de agosto de 2006): “la siderúrgica está obligada por los convenios de reestructuración de la deuda a entregar los excedentes de caja y la empresa ha venido cumpliendo con esta estipulación; el problema se viene presentando con la distribución de los recursos, la parte que recibe el Estado y que corresponde a los accionistas tipo B”.
En esta ocasión una parte de los trabajadores se manifestó contraria a una huelga porque ésta afectaría sus pagos de dividendos, lo cual generó enfrentamientos violentos entre trabajadores. El proceso puso de relieve la existencia de un componente político en la protesta ya que el Sutiss está “fracturado políticamente en cinco grupos. Desde entonces, por la disputa del liderazgo de la planta, estas facciones han mantenido a sus cabezas en una constante confrontación política, afectando la normalidad productiva”. Para hacer más compleja la situación, la Unión Nacional de Trabajadores (gubernamental) hizo llamados a re-estatizar Sidor, a lo cual se opusieron los accionistas tipo B.
Pero la re-estatización de Sidor ya era una decisión tomada por el presidente Hugo Chávez. En la madrugada del 9 de abril de 2008, el vicepresidente Ramón Carrizales anunciaba en nombre del Ejecutivo Nacional la toma de la sidedúrgica. En octubre de 2012, se anuncia que el gobierno nacional pagó a Ternium (Grupo Techint) la porción restante de 136,7 millones de dólares, por la compra del 60% de las acciones de Sidor, del valor total de 1.970 millones de dólares acordado en el año 2009.
Más de 15 mil venezolanos conforman el grupo de los denominados accionistas clase B, que poseen una participación del 20% de propiedad sobre Sidor. De esta cantidad 3.500 son de la tercera edad, y salieron de la empresa sin jubilación ni pensión, cerca de 1.500 se encuentran desempleados y unos 5.000 regresaron a la siderúrgica como tercerizados. Estas personas recibían trimestralmente beneficios económicos por estas acciones, en su mayoría son sidoristas activos, jubilados o hijos de ex trabajadores de la acería que decidieron asegurar su futuro de esta forma.
En fecha 12/05/2008, fue publicado en Gaceta Oficial Nº 38.928 el Decreto Nº 6.508 de la Presidencia de la República que expresa la Ordenación de las empresas que desarrollan actividades en el sector siderúrgico en la región Guayana enmarcando la nacionalización de SIDOR C.A, sus empresas filiales y afiliadas, declarándose de utilidad pública e interés social las actividades que desarrolla la sociedad mercantil así como las obras, trabajos y servicios que fueran necesarios para realizarlas.
En fecha 7/05/2009, La Corporación Venezolana de Guayana (C.V.G) pasó a ser la accionista mayoritaria del 80% del Capital Social de SIDOR C.A., al suscribir con el Consorcio Siderurgia Amazonia S.L ( AMAZONIA) el contrato de cesión por el 59,7 % de las acciones Clase “A” de SIDOR, que se mantenían bajo posesión de la transnacional.
A la fecha, un restante de 6.349.447 acciones Clase “B” de SIDOR que representan el 19,95 %, del Capital Social de la empresa, se mantiene en propiedad de 15.063 ciudadanos con estatus de: ex trabajadores, trabajadores activos, causahabientes de trabajadores fallecidos, Jubilados y Pensionados de SIDOR.
Desde la primera sesión de Junta Directiva de SIDOR Nacionalizada, Nº1412, celebrada el 30 de septiembre de 2009, se ha reiterado formalmente el interés manifiesto de un colectivo de accionistas minoritarios de separarse de la sociedad, traspasando en venta sus acciones a la CVG. Ante tal petición, el Ciudadano Rodolfo Sanz, en su condición de Presidente de la Junta Directiva, presidente de CVG y Ministro del MIBAM, precisó que la formalización de la aplicación del derecho de separación, exigía la consignación de carta individualizada de manifestación de voluntad por parte de los titulares interesados. En cumplimiento de tal requisito desde octubre de 2009 hasta la fecha, un número de OCHO MIL TRESCIENTOS (8.300) legítimos propietarios de 3.726.700 acciones, que constituye el 55,67% del lote de las Acciones Clase “B” han manifestado individualmente su voluntad de venta a la CVG.
Dada las reiteradas oportunidades en la cuales una apreciable representación de los accionistas Clase “B” de SIDOR han manifestado su voluntad de precisar el proceso de venta de sus acciones a la CVG, a partir de mayo de 2010, hasta la fecha sucesivas comisiones integrada por representantes de accionistas interesados en separarse de la sociedad mercantil SIDOR, funcionarios del Despacho del Viceministro de Industrias Básicas, Vicepresidencia Ejecutiva CVG, Vicepresidencia de Desarrollo Industrial CVG, Oficina Corporativa de Asuntos Legales CVG, Oficina Corporativa de Administración y Finanzas CVG y Dirección Legal de SIDOR, involucrados en el ámbito legal, financiero y social, han llevado a cabo múltiples reuniones de trabajo para evaluar y analizar distintas propuestas a objeto de establecer los términos y condiciones que determinarán la viabilidad de la solicitud de los accionistas, para finalmente presentarlas a la consideración y aprobación de las autoridades competentes.
En cuanto al valor de las Acciones Clase “B”, a ser adquiridas por la CVG se considera como base de referencia el precio de 222,93 Bs/acción que fue suscrito por la CVG y el Consorcio Amazonia en el contrato de cesión de acciones celebrado el 07/05/2009, actualizado a valor constante por efectos de la inflación, aplicando el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV), al 30 de junio de 2012, el precio a valores constante resulta ser 460,3 Bs.F por acción. La operación de compra de la totalidad de las acciones clase “B” de SIDOR C.A. se ubica a esa fecha en 2.930 Millones de Bs.F (681,4 MM USD). Los accionistas clase B siguen a la espera que la CVG de una respuesta definitiva de compra de sus acciones, en los mismos términos que se las compraron a la transnacional Ternium.
Grupo Blohm: accionistas tienen dos años y medio pidiendo información
Actualmente ha sido denunciado ante los tribunales del área metropolitana de Caracas una situación que por sus similitudes con los anteriores pudiera configurar un caso de auto-compensación o self-dealing, que afecta no sólo a los accionistas minoritarios de un grupo empresarial sino que repercute en el entorno socioeconómico en el cual hacen vida sus empresas. Es el caso del Grupo Blohm, cuyas empresas son ampliamente conocidas en el país por ser líderes en el mercado ferretero (EPA), tiendas por departamento (BECO) y ensambladoras de autobuses (ENCAVA), entre otras. Accionistas minoritarios distintos a los que conducen estas empresas, han afirmado en una demanda de amparo constitucional, que los miembros de su junta directiva les vulneran el derecho de propiedad sobre las acciones cuando se les impide conocer el verdadero valor del grupo empresarial, negándosele durante dos años y medio la información contable y financiera necesaria para ello.
Impresiona a simple vista el entramado de empresas que conforma este Grupo, las cuales son poseídas por una empresa holding o cabeza de grupo, que a su vez posee a otras empresas y éstas a otras, inclusive en varios países centroamericanos en el cual el grupo tiene importante presencia en el ramo ferretero. Sin embargo los accionistas de la holding que no detentan el control administrativo quedan privados de conocer el valor real de sus acciones, cuando son condenados por los directivos a sólo conocer el balance que ellos preparan y no poder saber a ciencia cierta cuales fueron los ingresos, costos y gastos de las empresas operativas, impidiéndose ejercer control alguno sobre la administración y las utilidades producidas.
Gerencialmente está demostrado que el hecho de que los directivos posean participación accionaria en la empresa contribuye a alinear los intereses de éstos y el resto de los accionistas. Pero en algunos casos, como parece estar sucediendo en el Grupo Blohm, los efectos positivos del accionista – director se ven anulados por la falta de información que ha sido denunciada, que puede afectar incluso las utilidades que los demás accionistas confían que el negocio les reporte, así como el entorno social, económico y gubernamental en que las empresas se desenvuelven.
Los casos detallados anteriormente han ilustrado la tensión que se genera entre la gerencia de la empresa, que pueden ser o no accionistas, y el resto de los stakeholders de la organización, principalmente accionistas minoritarios. La tendencia en el mundo es ver cómo se define el gobierno corporativo de la empresa, de modo que el Self-Dealing y los costos de agencia puedan reducirse, eliminando conflictos de interés, riesgo moral, y alineando los intereses de la gerencia con los accionistas. Tanto el Self-Dealing como los costos de agencia, producen un resultado sub-óptimo en la maximización del valor de la firma, y por ende, del valor de una acción de la misma.
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1The Law and Economics of Self-Dealing (NBER Working Paper No. 11883) by Simeon Djankov, Rafael LaPorta, Florencio Lopez-de-Silanes, and Andrei Shleifer
2 Theory of the Firm: Managerial Behavior, Agency Costs and Ownership Structure, by Michael C. Jensen and William H. Meckling.
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Rafael J. Avila D.
Ingeniero Civil, UCAB (1998). Master en Administración de Empresas, IESA (2002), Master en Políticas Públicas, IESA (2005), Master en Finanzas, IESA (2005), Caracas, Venezuela. PhD. in Economics del Swiss Management Center (en estudio). Es Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Monteávila. Es director-fundador del Centro de Estudios para la Innovación y el Emprendimiento de la Universidad Monteávila, y del Centro de Políticas Públicas “Fundación Siglo y Compromiso”.