En Gaceta Oficial N° 4.0166, se establece el subsidio al productor de caña de azúcar nacional aplicable para la zafra 2012-2013.
El subsidio es efectivo durante el período 2012 – 2013 y se determina de acuerdo a los volúmenes de azúcar producidos.
También establece que se paga directamente a los productores primarios que hayan arrimado efectivamente la cosecha del rubro entre el 24 de septiembre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013; deberán exigir al receptor, el registro de su cosecha al momento del arrime, mediante una boleta de recepción.