Aunque el robo de cabello no es considerado como un delito en las leyes venezolanas, el acto de someter y amenazar a una mujer para cortarárselo sí lo es. Así lo señalaron expertos en el área de violencia contra la mujer y el derecho penal, así lo informó Ana Carolina Morales de Panorama.com.ve.
Concordaron en que las lesiones, la privación ilegítima de libertad y violencia psicológica son algunos de los delitos que pueden cometerse durante el acto de robarle el cabello a una mujer.
Esta situación, aunque sorprenda escucharla, ocurre en el casco central de Maracaibo y en otras zonas de la ciudad desde hace más de cuatro meses, según relatos de comerciantes y testigos de esta atípica modalidad delictiva.
Agustín Andrade, abogado en materia penal, señaló que de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pueden tomarse a consideración ciertos aspectos que permitirían sancionar a alguien que someta a una mujer para robar su pelo.
“Esta ley protege todo tipo de acción que atente contra integridad física de las mujeres y por tal motivo el acto de someter a una mujer para robarle su cabello puede ser considerado violencia física, pues conllevaría a ocasionar un daño o sufrimiento por un empujón o que halen el cabello. Además, las amenazas a la vida pueden ser consideradas y está tipificado en el Código Penal”.
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