El Gobierno emite deuda por 41.264 millones de bolívares

El Gobierno emite deuda por 41.264 millones de bolívares

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FOTO EFE

La Presidencia de la República firmó cuatro decretos para la emisión de bonos denominados y pagaderos en bolívares destinados a financiar el pago de pensiones, prestaciones sociales, obras de la Gran Misión Vivienda Venezuela y el refinanciamiento de la deuda pública nacional, por un monto global de 76.000 millones de bolívares, informa El Nacional.

Las resoluciones. publicadas este viernes en la Gaceta Oficial 40.299 y autorizadas por la Ley Especial de Endeudamiento aprobada en julio pasado, refieren que el monto destinado al pago de pensionados y jubilados asciende a 41.264 millones de bolívares, más de la mitad del monto global emitido.

La segunda emisión, por 2.686 millones de bolívares, estará destinada a atender las obligaciones relacionadas al pago de prestaciones sociales; mientras que la tercera emisión, por la cantidad de 10.000 millones de bolívares, estará destinada a financiar la Gran Misión Vivienda Venezuela.

Los restantes 22.050 millones de bolívares corresponden a la cuarta emisión, destinada al refinanciamiento de la Deuda Pública Nacional.

Los bonos podrán ser colocados en el mercado mediante operaciones de subasta, ofertas públicas, adjudicación directa, canje o cualquier modalidad que fije el Ministerio de Finanzas.

Los bonos colocados mediante reapertura, pueden asumir las condiciones financieras de cualquiera de las emisiones de bonos de la deuda pública nacional previamente colocados y vigentes en el mercado al momento de su ejecución.

En el caso de los bonos destinados para el refinanciamiento de la Deuda pública nacional emitidos como “objeto de canje” podrán tener el nombre y las condiciones financieras de cualquiera de las emisiones previamente colocadas y vigentes en el mercado. Los bonos considerados como “objeto de canje”, serán todos aquellos que hayan sido emitidos antes de este decreto y que no se encuentren vencidos.

Ninguno de los bonos de la deuda pública nacional considerados como “sujeto de canje” podrá ser “objeto de canje”.

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