La justicia española decidió este lunes rechazar la denuncia presentada en Madrid por la muerte del disidente cubano Oswaldo Payá, al considerar que no es competente para ello. AFP
El juez de la Audiencia Nacional, principal instancia penal española, Eloy Velasco, decidió “desestimar la admisión a trámite de esta querella ante la falta de competencia” de la justicia española en un auto judicial hecho público este lunes.
El magistrado hizo suyo de esta manera la opinión de la fiscal Teresa Sandoval, que el pasado día 11 había recomendado que no se admitiera a trámite la querella presentada el 19 de agosto pasado por la familia de Payá contra varios responsables de la Seguridad del Estado cubana.
En la demanda, se afirmaba que un coche oficial cubano había provocado el accidente, en el que murieron Payá y el disidente Harold Cepero cuando el coche en el que viajaban y que conducía el joven político conservador español Angel Carromero se estrelló contra un árbol el 22 de julio de 2012.
Carromero fue condenado en Cuba a cuatro años de prisión por homicidio imprudente, antes de ser repatriado a España donde cumple su pena en régimen de semi-libertad.
El juez Velasco recuerda que la sentencia dictada en Cuba por los hechos “ha sido objeto de reconocimiento explícito por parte del Gobierno español” y del propio Carromero, en el marco de la aplicación del convenio entre ambos países que permitió el traslado del joven político conservador a España.
El magistrado también considera que la apelación a la justicia universal para que se abra esta investigación “no sólo deviene forzada, sino que improcedente”, ya que en este caso “ni hay ataque masivo a la población civil, ni es generalizado ni sistemático, ni hecho de propósito con intenciones de persecución política”.
“De modo que la pretensión de dotar a los tribunales españoles de jurisdicción para la revisión y nuevo enjuiciamiento del caso es abusiva al pretender el doble enjuiciamiento por lo mismo o un a modo de revisión española de la jurisdicción mejor posicionada y efectiva (la cubana)”, añadió Velasco, quien recuerda que es preferente la justicia del país donde tuvo lugar el hecho.