La Asamblea Nacional (AN) prepara el informe para la segunda discusión de la Ley Orgánica para la Ordenación y Gestión del Territorio, que entre sus propuestas, destaca la creación de una nueva estructura geográfica, fuera de la establecida en la Constitución.
Janet Yucra M.
La advertencia la hicieron miembros del Instituto de Geografía y Recursos Naturales de la Universidad de los Andes (ULA), quienes enviaron sus observaciones al presidente de la comisión de Ambiente del Parlamento, Manuel Briceño Méndez. “En el Proyecto de Ley se propone una nueva estructura territorial del país que denomina Opciones Nuevas, que prevalece sobre las estructuras constitucionales vigentes.
La Ley de Ordenación y Gestión del Territorio considera Opciones Nuevas como componentes fundamentales de la nueva estructura territorial propuesta como objetivo estratégico: los Ejes de Desarrollo Territorial y las Regiones Funcionales y los Sistemas Urbano–Rurales, como factores articuladores de territorios locales y regionales, que orientan la dimensión geopolítica interna y externa del desarrollo nacional.
No parte de las estructuras constitucionales vigentes como las regiones, estados, municipios y la ciudad. No se establece la vinculación o relación entre ambas estructuras, disminuyendo el papel de la estructura constitucional”, consideraron los expertos.
En el escrito, los profesores alertan que “la nueva propuesta crea ámbitos territoriales paralelos a los existentes, sin definir separadamente las funciones de cada uno de ellos ni delimitarlos. Tampoco establece la vinculación con los ya existentes. Pareciera que estos nuevos ámbitos territoriales tratan de anular los ámbitos constitucionales existentes, en su concepción actual, lo que puede llevar al solapamiento de funciones y, en consecuencia, a conflictos de intereses entre los distintos niveles territoriales”.
En el análisis que los docentes efectuaron al proyecto, determinaron que el instrumento “burocratiza el proceso de ordenación y gestión del territorio y lo sujeta a un sistema de instancias de decisión donde priva la subordinación progresiva. Los conceptos de espacios funcionales, regiones funcionales, núcleos dinamizadores y ejes de desarrollo propuestos, no quedan bien definidos y delimitados. Tampoco se conceptualiza cómo se integran estos conceptos en la propuesta que fundamenta la ley de Ordenación y Gestión del Territorio”.
Consideraron que “sustentar una ley de esta naturaleza sobre una estructura poco definida y delimitada, aunque contradice las directrices constitucionales, que en un Poder como el Popular, cuya efectividad no ha sido evaluado, no funciona en la realidad para la toma de decisiones consensuadas y de compromiso sobre la Ordenación del Territorio”.
Asimismo, “según la ley propuesta, algunos ámbitos territoriales pueden ser creados y suprimidos por medio de decreto presidencial. Por tanto, no dependen de las dinámicas intrínsecas de los territorios. Mezclar una estructura territorial constitucional con una estructura basada en las Opciones Nuevas, crea un obstáculo, donde administrativamente las decisiones que privarán son las centrales o superiores sobre las locales, quedando de lado progresivamente la ordenación del territorio en sí”.
Ante estos peligros, los profesores plantearon “ampliar el plazo de la discusión pública y abrir un diálogo para nuevas observaciones sobre la estructura territorial que se prevé gestionar junto a la constitucionalmente establecida, así como sobre la distribución funcional del poder que la acompaña.