Robert Alvarado: El cangrejo del Cardelogico de Maracay

Robert Alvarado: El cangrejo del Cardelogico de Maracay

“El éxito siempre ha sido fácil de medir: es la distancia entre el punto de partida de una persona y su mayor logro.” Michael Korda

Siempre cuando pensamos de un hecho no resulto por los organos policiales nos va la mente la figura del Cangrejo. Nos lleva aquella dos peliculas venezolanas tituladas Cangrejo aquella que vimos en los años 80 del director Román Chalbaud. Basado en el libro Cuatro crímenes, cuatro poderes de Fermín Mármol León. La primera http://goo.gl/fUo9j9 pelicula narra la desaparición del niño de trece años conocido como el caso el niño Vegas; La segunda pelicula el drama es que una mujer fue violada antes de morir y su hermano, quien es un sacerdote, se convierte en el principal sospechoso conocido por el caso Biaggi. Casos que impactaron a los venezolanos, uno por hacer un autosecuestro para pagar una deuda de droga como se vio en el drama de la pelicula; El otro drama refleja un conflicto entre hermanos y con lleva aun homicidio y violacion disimulando un  http://goo.gl/zwcqLv incesto que atorrizo al pais, pero estos cangrejos no se quedo en la peliculas sino que sigue en el pais ahora con la muerte trágica de Blanca Elena Romero de Zambrano al caer al vacío de un ascensor sin cabina el 15 de Mayo del 2010. La administración general de este centro médico tiene responsabilidad  penal por: Negligencia, no cumplieron o violaron  las normas mínimas de seguridad. Imprudencia, actuaron muy mal, sin cautela y sin prever los resultados de una acción irresponsable. Impericia, actuaron con ineptitud,  incapacidad e inhabilidad.

Cabe destacar que entre las conclusiones que llegó el CICPC en Septiembre 2010 en relación a este caso y que fueron entregadas al Ministerio Público de Aragua el  18 de Octubre del 2010,  informan que la puerta externa de acceso a la cabina por donde cayó la víctima, se encontraba liberada para el momento del siniestro. Sin embargo, los fiscales actuales del caso no han considerado que se plantea una situación de incumplimiento por parte de la administración del Centro Docente Cardiológico Bolivariano Aragua (CEDOCABAR) de la normativa en materia de prevención de riesgos. Todo ello sin perjuicio que también debería exigirse responsabilidad a otros sujetos infractores en esta materia que se encuentran  involucrados.   Es notorio que no existió  interés o participación activa de ninguno los empleados de CEDOCABAR, desde el más alto directivo hasta el más humilde de los trabajadores en evitar esta tragedia.  Deberían hacer advertido a quien no conocía de las condiciones inseguras que existían en el pasillo de los pacientes hospitalizados, tal vez con una simple nota que  indicara  PELIGRO. La Responsabilidad penal de los administradores de CEDOCABAR en este caso se encuentra claramente tipificadaartículo 409 del Código Penal venezolano, el cual dispone: “El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes e instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a cinco años”. Se trata del delito de homicidio culposo.  Ahora bien,  cuando los hechos previstos en este artículo se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores y encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello.

A principios del 2012 tras  muchos meses de investigación la fiscal encargada del caso, en  ese entonces,  finalmente logró que la directora general del Centro Docente Cardiológico Bolivariano Aragua, Dra. Siham Rassy, después de repetidos citatorios que  le habían sido enviados y los cuales ella había completamente ignorado,   compareciera a declarar ante el Ministerio Público.  En este sentido, es importante resaltar que en la revisión reciente que se le hizo al expediente no se encontró el mencionado testimonio, si no otro muy distinto que rindió Siham Rassy en el año 2013, en compañía de sus abogados, a los nuevos fiscales del caso; y en donde escuetamente  ella expone que el ascensor donde ocurrió el hecho tiene dañado como dos años y no se le ha realizado mantenimiento por razones presupuestarias.  Tampoco se ha podido encontrar en el expediente el informe de las huellas digitales que fueron tomadas por el CICPC a las puertas de ese ascensor la mañana de la tragedia o los resultados forenses.  Las irregularidades en este caso son numerosas, y con muchoscabos sueltos.  Esto permitirá que muchos culpables directos sean exonerados de toda responsabilidad. Al parecer, el Ministerio Público a través de los dos fiscales actualmente encargados del caso, a parte que no han impulsado el caso,   solo ha decidido  imputar (señalar como posible responsable)  a un empleado de CEDOCABAR (el supervisor de infraestructura) y a la compañía de mantenimiento de ascensores. Esta primera audiencia estaba pautada para el 22 de Octubre del 2013; pero la juez encargada decidió diferir  el mismo día la audiencia de imputación sin nuevo aviso .

 

Finalmente, y sin lugar a dudas  la ciudadana Siham Rassy sintió que tenía a su favor todo el respaldo de los gobernantes del Estado Aragua en Mayo del 2010, cuando ocurrió la tragedia,  porque en ese entonces ella  era la esposa del Secretario General de Gobierno del Estado Aragua, Dr. Carlos Alexis Mendoza Hernández, durante la administración del Gobernador Rafael Isea Romero, quienes eran  amigos personales.  Siham Rassy  no aceptaba preguntas de ninguna índole, y tampoco se veía obligada a dar respuestas.  Todavía  en el 2013 continúa  el abuso de poder  y ella cree que sigue siendo intocable porque continúa siendo la esposa de quien administra la salud en la región, Carlos Alexis Mendoza Hernández, ahora como Presidente de CORPOSALUD del Estado Aragua. Ninguna denuncia dirigida a los representantes de la Tribunal Supremo de Justicia, del Ministerio Público o de la Defensoría del Pueblo  ha sido suficiente para que se haga justicia expedita.  Esto es lo que se conoce como dilación premeditada e ilegalidades gracias al  tráfico de influencias en el Poder Judicial. Muchos de los familiares de la señora Blanca Romero de Zambrano piden a grito justicia y no ser otro montones de casos de cangrejos sin resolver en el pais.

Cualquiera información o sugerencia por mis direcciones electrónicas robertveraz@hotmail.com robertveraz@gmail.comgrsndz629@gmail.com o bien por mí teléfono 0414-071-6704 y asimismo pueden leer esta columna y otras cosas más por la señal en vivo de RCTV INTERNACIONAL en mí página Web:www.robertveraz.galeon.com  ahora mi columna se traduce en Inglés http://robertveraz.galeon.com/aficiones2595740.html  y sigan mis comentarios y opiniones por @robertveraz en twitter ¡Hasta la próxima semana, Dios los bendiga!

Exit mobile version