Oficializado subsidio de Bs. 4,7 por kilo al arroz de producción nacional

Oficializado subsidio de Bs. 4,7 por kilo al arroz de producción nacional

Foto Archivo
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Fue oficializado en la Gaceta número 40.395, publicada este martes, el subsidio al arroz paddy de producción nacional. De acuerdo a la Resolución N° DM/N° 023/2014, se establece un subsidio directo, único y transitorio para el rubro arroz paddy de producción nacional, según la siguiente tabla:

Noticiero Digital

RUBRO





SUBSIDIO
(Bs./Kg)

Arroz Paddy

4,70

El subsidio se pagará a los productores que hayan arrimado o arrimen sus cosechas de rubro objeto de la presente Resolución, entre las fechas establecidas en la siguiente tabla:

RUBRO

FECHA DE ARRIME

Arroz Paddy

Desde el 1° de Enero de 2014 hasta el 30 de Julio de 2014

El encargado de hacer el mecanismo del pago del subsidio será por el Ministerio para Agricultura y Tierras.

Según la resolución, “todo aquel productor que obtenga el subsidio mediante acciones fraudulentas o a través del aporte de información falsa, deberá repetir a favor de la administración pública a través del mismo ente que le pague el subisidio, los recursos que reciba por tal concepto”.

Los receptores deberán estar debidamente autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, para emitir las boletas de recepción.

Los receptores del rubro objeto de subsidio, según la presente Resolución, deberán consignar ante la Unidad Estadal del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, en un lapso no mayor a treinta (30) días continuos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución o a partir de la fecha de cierre del arrime conforme a los lapsos señalados en el artículo 2 de la presente Resolución, el expediente de cada uno de los productores, el cual deberá contener los siguientes documentos:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad del productor.
  2. Boleta de Recepción del producto arrimado.
  3. Registro Único de Información Fiscal (RIF).
  4. Certificación bancaria del Productor o de la Asociación de Productores.
  5. Carta del Productor, Aval del Consejo Comunal o de la Asociación de Productores.