El secretario general nacional de Unidad Visión Venezuela, Omar Ávila, acudió este martes al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para introducir un documento donde exige la suspensión del cronograma electoral de Alcaldesa o Alcalde de los municipios San Diego (Carabobo) y San Cristóbal (Táchira), por considerarlos violatorios de la Ley.
“Exigimos que esta Sala Electoral del TSJ, en uso de las amplias facultades de cautela provisional y de la tutela judicial efectiva de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicte Medida Cautelar de urgentísima tramitación de mediante la cual se ordene la Suspensión del Cronograma Elecciones de Alcaldesa o alcalde de los municipios San Cristóbal (Táchira) y San Diego (Carabobo), publicado en la gaceta Electoral Extraordinaria, número 24, del 5 de mayo de 2014, hasta tanto esta Sala Electoral no haga pronunciamiento en la sentencia definitiva”. Dijo Ávila acompañado de su abogado y electores de los estados Carabobo y Táchira.
Según el dirigente político, este Recurso Contencioso Electoral se interpone al lapso útil, ya que el acto recurrido viola el Orden Público. “La protección del orden público, como es en este caso, está relacionada con la vigencia y la existencia del Estado mismo, la democracia, por lo que debe dejarse sin efecto cualquier lapso de caducidad o de prescripción que señale una norma adjetiva”.
Ávila recordó que en sentencias N° 245 y 263 del 10 de abril de 2014, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia conjunta declaró el desacato al mandamiento del amparo constitucional cautelar dictado mediante sentencia N° 137 del 17 de marzo de 2014, por la misma Sala Constitucional, en el que incurrieron los ciudadanos Daniel Ceballos, alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira y Enzo Scarano, alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo.
De igual manera manifestó que las elecciones se hacen por la declaratoria de ‘Falta Absoluta’ que hace un órgano del Poder Público que no detenta facultades atribuidas por el Constituyente y el Legislador a la jurisdicción penal ordinaria, por lo que existe una flagrante violación a la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, siendo obligación de los órganos del Poder Público y sus funcionarios cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley.
También recordó que la Carta Magna, en su artículo 138 señala: “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.” Por lo que siendo ineficaz el acto que origina Resolución 140409-0059 del 10 de abril de 2014 publicada en la Gaceta Electoral Extraordinaria número 23, está por vía de consecuencia es nula e ineficaz.
Por su parte, Betsis Rodríguez, electora del municipio San Diego, dijo que no tenía la menor duda de la “pela” que le daría la candidata Rosa de Scarano, de llevarse a cabo las elecciones el próximo domingo, pero que acuden al máximo Tribunal, apegado a la Constitución, exigiendo simplemente que se haga justicia.
Finalmente, Omar Ávila destacó que actúa en nombre propio y en resguardo de los intereses generales del colectivo y de la incidencia que estos tienen sobre la colectividad. “Lo que nos impulsa venir hasta el TSJ e introducir esta Medida, es el Interés General Constitucional de todos los venezolanos incluido el nuestro y el del colectivo social que organizadamente representamos. Se trata de un derecho indivisible que comprende a todo el pueblo venezolano, especialmente al electorado, para satisfacer los intereses sociales o colectivos, antepuestos a los individuales”.