“Está muy bien que en este país actuemos contra el tráfico de drogas y la legitimación de capitales, pero se viene repitiendo con peligrosa frecuencia, la ocupación y saqueo de los bienes de personas… apenas son denunciados o imputados, sin que ni siquiera se inicie juicio alguno.” Sebastiana Barráez.
“La GN cree que un comerciante árabe es testaferro del “Loco” Barrera”, este titular empleado por un diario capitalino el 11-10-2012, revela una práctica igual de peligrosa que la aludida por la periodista Sebastiana Barráez, en donde deja claro un modus operandi de los órganos de seguridad, que actúan desde la simple pretensión de culpabilidad, o peor desde el capricho, apelando a la denuncia anónima, para inculpar e inducir la destrucción moral, emocional, patrimonial y de salud de personas incómodas para el régimen,’ comenzó diciendo José Luis Centeno, apoderado de Neif Antonio Gebrán Frangie.
Explicó de seguidas el apoderado que la denuncia anónima en el sistema de justicia venezolano nos recuerda a la Revolución Francesa, con su carga de insidias y a Robespierre multiplicándose en fiscales del Ministerio Público pervertidos en el uso de la guillotina judicial, al igual que los jueces, del nazismo, “Los juristas del horror”, y los de este momento en Venezuela, que actúan desde el poder total y la consabida y consecuente impunidad para propiciar “la ocupación y saqueo” de bienes de esos personajes molestos para el poder, guiados por probables señalamientos falsos e interesados, al momento de acordar las mal llamadas incautaciones preventivas.
-Hemos sido espectadores de esta práctica de liquidación judicial, moral y patrimonial de algunos venezolanos considerados incómodos para altos funcionarios del régimen… , – abundó Centeno,- nos consta que, a partir de una llamada anónima, sin que existiesen suficientes elementos de convicción para demostrar que Neif Antonio Gebrán Frangie, manejaba grandes cantidades de dinero y bienes, que la Fiscalía, el juez y altos jerarcas regionales, dictaminaron sin apego a la presunción de inocencia, y mucho menos al debido proceso, lo que para ellos y la justicia, eran “producto de las actividades ilícitas a las cuales se dedicaba (a)“El Loco Barrera”.
Lo que resulta insólito para Centeno es que en este caso, tampoco fue debidamente probada la conjunción de voluntades para suponer la concreción de los hechos punibles que se le imputan, como son la legitimación de capitales y la asociación para delinquir, a pesar de tan graves arbitrariedades, el gobierno procedió a despojarlo de todo, hasta de sus recuerdos, al disponer arbitraria e ilegalmente de todos sus bienes, desde el mismo momento en que irrumpieron en su hogar, efectivos castrenses para dar cumplimiento a una orden de allanamiento, cambiada a Edicto de Confiscación… y, como había que justificar todo aquello, el 10 de octubre de 2012, un día después de practicado el allanamiento con despojo a su residencia, dictaron de MANERA INMEDIATA en su contra medidas de Privación Judicial Preventiva de Libertad e Innominada de Aseguramiento, sobre todos los bienes de su propiedad.
Los hechos sugieren la actuación concertada, precisa ilegal y deliberada de la comisión que practicó el allanamiento-confiscación donde se incautaron, presuntamente, once vehículos que se encontraban estacionados afuera de la residencia de Neif Antonio Gebrán Frangie, armas de fuego y sellos, lo aseguramos porque el fiscal del Ministerio Publico sólo se limitó a presentar la cadena de custodia, señalando de manera genérica la cantidad de los vehículos retenidos, sin las especificaciones exigidas a los cuerpos de seguridad del Estado en estos procedimientos de retención de vehículos, a los fines de sustentar y orientar a los juzgadores claramente de las características detalladas del vehículo que se alegue como evidencia en cualquier procedimiento policial. En cuanto al arma de guerra y los sellos, se aprecian fragilidades relativas al hallazgo de estos elementos presentados también como evidencia, explicó.
Siempre según el relato del apoderado José Luis Centeno,- “Apenas iniciadas las diligencias para averiguar la procedencia de los bienes, sin avizorase aún la presentación del acto conclusivo respectivo, todas las propiedades confiscadas ipso facto cambiaron de dueño y de uso, incluidos dos aviones propiedad de otra tercera persona, que nada tiene que ver con el caso, se trata del ciudadano Nicolás Aular”.
-¿Puede creer, que supuestamente los autos andan en las calles patrullando, las aeronaves tendrían como pilotos a efectivos castrenses y los inmuebles habrían sido destinados para la atención social del pueblo?,- se preguntó Centeno,- Ciertamente, se actuó materializando una medida judicial ordenada por un órgano jurisdiccional con competencia en materia penal, no obstante, el hecho de que, al día de hoy, los organismos a cuyas manos fueron a parar esos bienes escasamente puedan dar cuentas claras de los mismos, refleja el trasfondo insidioso de este proceso, por lo demás inhumano, al obligar a los familiares de Neif Antonio Gebrán Frangie, especialmente a sus menores hijos, a desprenderse desde el día del allanamiento de todo cuanto tenían, inexplicablemente fotografías familiares, textos, útiles y uniformes escolares, juguetes, especialmente las muñecas Barbies y Kent, ropa íntima, tintes, pinturas de labios y hasta las mascotas, pasaron a ser elementos de interés criminalístico, en una investigación que no ha aportado elementos de convicción, ni para iniciar el juicio, ni para privar de libertad a Germán Arturo Arenas Rodríguez, imputado junto a Neif Antonio Gebrán Frngie, por los delitos de Legitimación de capitales y Asociación para delinquir.
-Finalmente, el apoderado explicó que es contradictorio, inexplicable que Germán Arturo Arenas Rodríguez, esté en libertad, por disposición del Tribunal Noveno de Control del Área Metropolitana, mientras a Neif Antonio Gebrán Frangie, se le niegan en ese mismo juzgado las más elementales garantías constitucionales, como consecuencia de una llamada anónima, sin reparar que él y su familia son víctimas de actos arbitrarios, ejercidos desde el más flagrante abuso de poder, conculcándole el debido proceso, violentándole a él y a toda su familia el derecho a la propiedad, contra el domicilio, la integridad familiar, el derecho a la defensa, específicamente la presunción de inocencia, ocasionando de manera subrepticia, que los bienes muebles y enseres se pierdan, derivando todo ello en un perjuicio irreparable para estos venezolanos, motivo de reflexión para quienes aspiramos el reinado de la justicia en nuestra golpeada patria.