El gobierno de Estados Unidos retiró restricciones que obligaban al Departamento de Estado a dar una dispensa para permitir que Nicaragua tuviera acceso a asistencia bilateral y préstamos bloqueados al país en 1994 como represalia, informó una fuente oficial, reseña AP
La Ley de Autorización de las Relaciones Internacionales de los años fiscales 1994 y 1995 prohibió otorgar asistencia y préstamos de Estados Unidos a países que no brinden a ciudadanos estadounidenses “un mecanismo adecuado para resolver sus reclamos pendientes de propiedades confiscadas”, señala una nota de prensa emitida el miércoles por la embajada estadounidense en Managua.
Desde que la ley se aprobó el Departamento de Estado emitía una dispensa, (conocida como “waiver”) para que el país obtuviera asistencia y préstamos pero al levantar las restricciones la dispensa ya no es necesaria.
El procurador general de Nicaragua, Hernán Estrada, que ha estado al frente de las negociaciones de los casos desde que el gobierno de Daniel Ortega asumió el poder en 2007, celebró la decisión.
“Se trata de una excelencia noticia, es buena para el país, para el pueblo nicaragüense”, dijo a The Associated Press.
Desde que se aplicaron las medidas a mediados de la década de 1990 el gobierno de Nicaragua tenía que resolver anualmente un número determinado de casos para obtener la dispensa.
Hasta antes de agosto de 2005 a la oficina de la embajada estadounidense en Managua encargada de darle seguimiento a los casos de confiscaciones habían llegado 3.166 casos.
La última vez que el gobierno de Estados Unidos concedió la dispensa a Nicaragua fue por el periodo de julio de 2013 al julio de 2014 por resolver de manera satisfactoria 52 casos de propiedades a 28 ciudadanos estadounidenses.
En aquel momento se informó todavía quedaban por resolver 154 casos de propiedades confiscadas.
“Entre julio del 2014 y julio del 2015, se resolvieron 30 reclamos de propiedad pertenecientes a 16 ciudadanos estadounidenses, incluyendo el remanente de los reclamos registrados que cabían dentro de los criterios de la sección 527” de la ley, señaló la embajada.
El comunicado explica que en caso de que una dispensa no se otorgue “las restricciones de la Sección 527 permanecen en pleno vigor mientras existan reclamos sin resolverse”.