Entre las extravagancias a las que nos pretenden acostumbrar están la de que quien comete un verdadero delito y no es condenado y la del inocente que es indiciado.
Editorial Analítica
Un delito tipificado en el código penal es la escucha, no autorizada por un juez, de las conversaciones privadas entre dos individuos y aún más delictivo es hacerla del conocimiento público. Eso es ahora la praxis cotidiana en este país al revés.
¿La pregunta que se hace cualquier ser sensato es dónde, en qué artículo de cuál ley está tipificado que una conversación entre dos ciudadanos venezolanos, sobre eventuales escenarios económicos para enfrentar la crisis que actualmente apabulla a Venezuela, pueda ser considerado delictivo?
Delictivo es que públicamente el Presidente de la República instruya al poder judicial para poner preso a alguien por un crimen que no existe en ninguna norma del código penal y, ademá,s amenace con la presunta existencia -ya que no los hay- de encerrar en 400 calabozos a opositores que se atrevan a desconocer resultados electorales promulgados por el régimen.
Retornar al estado de derecho no es un capricho sino una necesidad para que una sociedad funcione y prospere dentro del marco de las leyes. El poder ejecutivo dejó de ser omnímodo después de las revoluciones americanas y francesa y esa es una garantía no sólo de la igualdad y de la fraternidad, sino sobre todo del progreso en paz.