Cupones y tarjetas electrónicas de alimentación deberán contener el lema “Cestaticket socialista”

Cupones y tarjetas electrónicas de alimentación deberán contener el lema “Cestaticket socialista”

69ed079ea4e16d905fd4088d06ef07b8_L

Con la entrada en vigencia de la reforma del Decreto-Ley del Cestaticket Socialista, los empleadores no solo deberán invertir más en el gasto de alimentación de sus trabajadores, sino que las empresas especializadas en la emisión de estos mecanismos de pago deberán incorporar algunas especificaciones a los cupones o tarjetas electrónicas, entre las que destaca la expresión Cestaticket socialista., según lo reseña correodelcaroni.com

El decreto N° 2.066, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.773 que circuló este lunes, incorpora el aumento de la base de cálculo del bono de alimentación anunciado por el presidente Nicolás Maduro hace un par de semanas desde Sidor, así como también el incremento de las multas por infracciones.

En lo que respecta a las especificaciones que deben contener los cupones o tarjetas electrónicas, el artículo 11 refleja que la norma mantiene como en la ley previa que los cupones, tickets y tarjetas electrónicas deben contener la razón social de la entidad de trabajo que concede el beneficio; la mención “este cestaticket socialista es intransferible y está destinado exclusivamente al pago de alimentos. Está prohibida y sancionada por la Ley su negociación total o parcial por dinero u otros bienes o servicios”; y el nombre del trabajador beneficiario y su número de cédula de identidad.

Se elimina la fecha de vencimiento de las especificaciones del mecanismo de pago; y se mantiene que los cupones deben contener la razón social de la entidad de trabajo especializada en la administración y gestión de beneficios sociales que emite el instrumento; el valor que será pagado al establecimiento proveedor; y la necesaria consulta de saldo disponible, en el caso de las tarjetas electrónicas.

La ley establece un plazo, con vencimiento el 31 de diciembre de 2015, para que los establecimientos emisores de los instrumentos de pago adecuen las características y especificaciones de los cupones, tickets y tarjetas de alimentación.

Sin embargo, los cupones, tickets y tarjetas electrónicas de alimentación que ya hubieren sido emitidas mantendrán su validez y vigencia, hasta la fecha de su vencimiento, aun cuando no cumplan con las especificaciones indicadas en el artículo 11, indica el régimen transitorio.

Para leer más pulse Aquí

Exit mobile version