Tal como el presidente de la Asamblea Nacional prometió después de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, se nombraron, antes de entregar su cargo, a los 13 magistrados principales y a los 21 suplentes del Tribunal Supremo de Justicia (http://gitx.awsccs2.com/
Este nombramiento lo hizo el 23 de diciembre, un día antes de que concluyera el lapso legal de impugnaciones. Sin embargo, para lograrlo en tan poco tiempo tuvo que violar la Constitución (artículo 264), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (artículos 38, 70, 71, 73 y 74), el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales (artículos 24 y 31) y el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional (artículos 58 y 64), sin hacer mención a todos los principios y normas internacionales sobre independencia judicial, separación de poderes y democracia.
A pesar de ello, en la página web de la Asamblea Nacional, su presidente declara haber cumplido con la Constitución e incluso que la respeta. Sobre esto, es importante aclarar que decir algo varias veces, no hace que se vuelva cierto.
A las irregularidades cometidas durante este proceso de selección y designación se añade la escandalosa declaración del presidente del Comité, Elvis Amoroso, quien el 22 de diciembre al informar que los candidatos a magistrados ya habían sido preseleccionados, afirmó que ese Comité cumplió con la Constitución (http://www.asambleanacional.
Adicionalmente, debe decirse que ese Comité no se pronunció sobre las impugnaciones que se efectuaron de todos los postulados (http://www.el-nacional.com/
La transparencia del proceso y su constitucionalidad se ven especialmente cuestionadas además por el hecho que Elvis Amoroso, presidente del Comité, actuó al mismo tiempo como parte del que preselecciona (el Comité), como candidato a ser elegido, es decir, como postulado a magistrado (http://www.accesoalajusticia.
Aunque debe decirse que hace unos días dejó de ser presidente del Comité para aparecer entre el grupo de postulados a magistrados, pero como consecuencia de ello se nombró a su hijo como secretario de ese Comité (http://www.accesoalajusticia.
Lo anterior denota cómo se han hecho cambios en el proceso de selección de magistrados sobre la marcha y según lo que se requiere y decide y no según la norma, que establece parámetros claros y fijos. Esto muestra que se trata de procesos politizados, y no constitucionales ni legales.
Evidentemente con este panorama el resultado de este proceso de selección no puede ser alentador: hay magistrados designados que son activistas políticos, y otros que no cumplen con los requisitos constitucionales, además de estar lleno de irregularidades todo el proceso de selección y designación (http://www.accesoalajusticia.
El problema práctico que se plantea es que si la nueva Asamblea Nacional aprueba una ley, un Tribunal Supremo de Justicia nombrado en estar indignas circunstancias puede declararla inconstitucional, incluso antes de su promulgación (http://www.accesoalajusticia.
Estas designaciones politizadas de magistrados se agravan si se considera que es un hecho notorio que los actuales magistrados del Tribunal Supremo de Justicia consideran en su gran mayoría que su rol es ejecutar el “Plan de la Patria”, incluso por encima de la Constitución, a pesar de ser simplemente un plan de gobierno. Esto lo demuestra su recientemente aprobado “Plan Estratégico del Poder Judicial, 2013-2019” (http://www.tsj.gob.ve/