Dos leyes de amnistía proclamó el difunto presidente Hugo Chávez. La primera fue aprobada en Gaceta Oficial No. 36.934 del 17 de abril de 2000 para exonerar a los militares de 1992, y la segunda se hizo en 2007, en el Decreto titulado Rango, Valor y Fuerza de Ley de Amnistía y su objetivo fue eximir de culpa a los que atentaron contra su gobierno en abril de 2002, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 5870.
La Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional presentada por la mayoría opositora de la AN está integrada por 22 artículos. Es una medida dirigida a corregir o descartar un hecho delictivo impidiendo al Poder Judicial, Administrativo y al Poder Público intervenir, extinguiendo todos los efectos de las investigaciones que se hayan realizado.
Esta ley se aplica a determinados hechos o sucesos. No son indultos, ya que los mismos se refieren a personas en concreto. Los motivos del indulto son humanitarios, los de Amnistía son de carácter político y están vinculados a la necesidad del cese de los actos de persecución por motivos políticos.
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