El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Venezuela.
Descripción de la situación:
El Observatorio ha recibido con seria preocupación información de fuentes fidedignas sobre el hostigamiento repetido y las amenazas por parte de funcionarios del Estado y personas anónimas en contra del defensor de derechos humanos, el Sr. Humberto Prado, Director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP)[1]. Es importante mencionar que el Sr. Prado es beneficiario de medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde 2009 y reiteradas en 2011, que requieren al Estado Venezolano “que adopte las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal del Sr. Humberto Prado”[2]. Sin embargo, según fuentes fidedignas la implementación de estas medidas se limita a que, de forma muy puntual, grupos de policías pasen por la oficina de la OVP y le pidan firmar un listado que acredita la visita.
Según las informaciones recibidas, en la tarde del 26 de abril de 2016, la cuenta personal de Facebook del Sr. Humberto Prado fue hackeada y desde su cuenta fueron publicadas informaciones falsas y fotografías acusándole de estar financiado por una empresa de alimentos y de ser un PRAN (figura negativa que lidera las cárceles), con la clara finalidad de difamarle y de estigmatizar sus legítimas actividades en defensa de los derechos humanos. Cabe señalar que estos hechos ocurrieron después de la realización por parte del Sr. Prado de unas declaraciones a medios de comunicación en relación a la situación de los Pranes en Venezuela.
Al mismo tiempo en Twitter, se inició una campaña de desprestigio en su contra con la publicación de acusaciones y descalificaciones dirigidas directamente contra su persona así como en contra del trabajo del OVP. Fueron también publicadas en Twitter fotos de comunicaciones privadas de la cuenta de correo electrónico del Sr. Humberto Prado.
Según las mismas informaciones, el Sr. Humberto Prado es sujeto de cada vez más actos de hostigamiento y de frecuentes campañas de desprestigio y criminalización, mediante descalificaciones y acusaciones falsas en su contra a través de las redes sociales y de los medios de comunicación públicos. Resultan especialmente preocupantes las constantes menciones que el Diputado de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, viene realizando en contra del Sr. Prado y de otros defensores y defensoras, como ya ha denunciado el Observatorio en el pasado[3], en su programa semanal Con El Mazo Dando. El Observatorio insta al Sr. Diosdado Cabello a poner fin a la campaña de deslegitimación en contra de defensores y defensoras de derechos humanos.
El Observatorio condena la acumulación de actos de hostigamiento y la campaña de desprestigio que se lleva en contra del Sr. Humberto Prado y solicita a las autoridades venezolanas competentes que lleven a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre los hechos mencionados con el fin de identificar, y sancionar a todos los responsables. Asimismo, el Observatorio urge al Estado venezolano a defender públicamente la legitimidad del trabajo de los defensores de derechos humanos en Venezuela y a implementar de manera efectiva las medidas provisionales a favor del Sr. Humberto Prado para así garantizar su integridad física y mental.
Acción solicitada:
Por favor, escriban a las autoridades de Venezuela urgiéndolas a:
- Poner fin a todo tipo de hostigamiento y a la campaña de desprestigio en contra del Sr. Humberto Prado así como de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en el país;
- Defender públicamente a través de discursos oficiales y declaraciones públicas la legitimidad de las actividades de los defensores y las defensoras de derechos humanos y específicamente la legitimidad de las actividades del Sr. Humberto Prado y condenar públicamente las amenazas y los actos de hostigamiento realizados en su contra;
iii. Garantizar la implementación efectiva de las medidas provisionales de la CIDH con medidas de protección menos puntuales y menos sistemáticas y adoptar de manera inmediata todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Humberto Prado, así como de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela;
- Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial con el fin de identificar a los responsables de los actos de hostigamiento, y llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;
- Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:
- Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional.”
- Artículo 5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente.”
- Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración.”
- De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Venezuela.