Discriminación política, una política de Estado, por Jesús Ollarves

Discriminación política, una política de Estado, por Jesús Ollarves

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No es una casualidad que el primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) se refiera a la igualdad y no discriminación. “Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, reza la norma que debe ser aplicada por encima de cualquier disposición del derecho interno que pueda menoscabarla.

Por Jesús Ollarves / @jesusollarves





El inmenso temor de Nicolás Maduro a medir su popularidad mediante un referéndum revocatorio de mandato lo ha convertido en una fiera herida y peligrosa. A falta de carisma y los ingentes recursos que tuvo su predecesor en la presidencia, a Maduro no le ha ocurrido otra cosa que reprimir, de todas las formas posibles.

Como un desesperado recurso, Maduro pretende infundir miedo, habida cuenta de su incapacidad de detener y revertir el alarmante deterioro de la calidad de vida de los venezolanos. No hablamos de indicadores macroeconómicos, sino de que un sector cada más grande de la población está sufriendo hambre.

Sin embargo, el presidente de la República demuestra una vez más su poca creatividad. No se la ocurrido nada nuevo sino reeditar la tristemente célebre lista Tascón. Fue Jorge Rodríguez, su comisionado para obstaculizar, como sea, el revocatorio, el que anunció que “por órdenes presidenciales”, deben ser despedidos los funcionarios con más alto rango en la administración pública que hubieren firmado para lograr, vía elecciones, un cambio de gobierno.

Maduro, Rodríguez y un coro de dirigentes oficialistas han apelado al término “personal de confianza”, con lo cual desconocen que dicha categoría desapareció con en la entrada en vigencia de nueva Ley del Trabajo. Parecen olvidar que ese personal de confianza en muchos casos ha fungido como ejecutor de mecanismos de coerción; por ejemplo, para obligar a los empleados públicos a asistir a una marcha oficialista.

Hugo Chávez echó las bases de la discriminación como política de Estado, pero nunca se había llegado al exceso de arremeter contra los mismos colaboradores del gobierno. Esa es la única novedad, aunque muy grave, del despido masivo que anuncia el oficialismo.

El 15 de febrero de 2004, el fallecido presidente recomendó consultar la lista Tascón para identificar a quienes habían firmado en su contra. El pasado 18 de agosto de 2016, antes de la declaración pública de Jorge Rodríguez, el primer vicepresidente del Psuv y diputado a la Asamblea Nacional Diosdado Cabello, había adelantado la iniciativa. De pronto, la situación emerge patéticamente como una pugna entre Rodríguez y Cabello por la herencia del también fallecido diputado Luis Tascón.

“Nosotros estamos haciendo el trabajo, ya yo tengo una lista con nombres y apellidos, y vamos a citar, a la dirección del partido, y a todos los ministros y le vamos a entregar la lista, agarren sus escuálidos… Vamos a citar a todos los ministros, presidentes de institutos ‘aquí tienen su lista de escuálidos’ y en una semana nos volvemos a ver para que no quede ninguna lista de escuálidos ahí … Ya hicimos el trabajo con los ministerios, y ahora el partido va a hacer el trabajo en las gobernaciones y alcaldías, vamos a restearnos con nuestro pueblo, no con la burguesía”, dijo Cabello.

El anuncio de una lista de personas desleales al gobierno en sí mismo vulnera los derechos humanos: los derechos políticos, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión.

El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe discriminar a las personas por ejercer sus derechos políticos. Según el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Estados deben respetar y garantizar los derechos reconocidos en el pacto “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

Más específicamente sobre derechos laborales,. El artículo 25 (c) del PIDCP se refiere a la discriminación en el empleo en el sector público: “Los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el Artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades… tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país”.

Al margen de la intención discriminatoria de Cabello, las autoridades que reciban la orden de destitución y deben tener claro que se trata de una violación de derechos humanos, y como tal acarrea consecuencias en el plano nacional e internacional. No deben olvidar que la acción para perseguir a los infractores es imprescriptible.

En buen derecho Diosdado Cabello no puede botar a ningún funcionario público mencionado en su lista. El Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo, también prohíbe la discriminación en el acceso a empleos y en los términos y condiciones de empleo por motivos de opinión política.

El Comité de Derechos Humanos ha señalado que, para asegurar el acceso igualitario, “los criterios y procedimientos para el nombramiento, ascenso, suspensión y destitución deben ser razonables y objetivos”. Los gobiernos que prohíben el ingreso de oponentes o que despiden a quienes ya están ocupando cargos en el gobierno solamente debido a sus opiniones políticas incumplirían sus obligaciones en virtud de estos artículos 2 y 25.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado su preocupación por la discriminación política existente en Venezuela. En su informe de 2005 ha sostenido que: “la utilización del despido laboral y la obstrucción a beneficios sociales, entre otros, para castigar a aquellas personas que manifiestan su disenso con la administración, comportan acciones violatorias a los derechos humanos y deberían ser objeto de censura generalizada como ocurre con otras violaciones más directas que son sujetas a investigaciones”

La discriminación política en Venezuela no es nueva; insistimos, se ha consolidado como una política de Estado. Este año la Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará a Venezuela por la lista Tascón en perjuicio de Rocío San Miguel Sosa, Magally Chang Girón y Thais Coromoto Peña. El gobierno se aproxima al banquillo de los acusados.

@jesusollarves