Para el doctor en derecho Ángel Zerpa Aponte hay un menosacabo franco de la democracia en Venezuela que amerita una respuesta inmediata. “Es tanto el nivel de desafuero frente a lo jurídico y a lo inconstitucional que nos quedaríamos cortos en una entrevista cada uno de los aspectos que han sido violados”.
Zerpa está convencido y resalta que los venezolanos deben promover los comcios. “El ciudadano debe protestar evidentemente, y debe propiciar de alguna forma que esa voluntad que se expresó en la recolección del uno por ciento de las firmas se manifieste a través de un acto electoral”.
En relación a los jueces que dictaron la decisión de suspender la recolección de rúbricas del 20 por ciento los próximos días 26, 27 y 28 en el país, los exhortó a tener “conciencia, sentido de historia y dignidad”.
“Esto comienza mal desde el principio, el código establece que el querellante tiene que ser la víctima, cuál sería la víctima si supuestamente alguien recogió fraudulentamente una la firma”.
Explicó que el Ministerio Público es quien tiene el ejercicio de la acción penal, el que le compete iniciar un proceso, “solicitar medidas cautelares, realizar una investigación e imputar a alguien en concreto”.
También precisó que las pautas de las querellas descritas en el COPP “no le dan atribución alguna al querellante de solicitar una protección cautelar”. Manifestó la inquietud de “cómo cinco jueces de control de carácter provisorio, pueden intervenir frente a un acto electoral de naturaleza general”.
El ex presidente de una corte de apelaciones del circuito judicial penal de Caracas citó al Abogado Penalista Alberto Arteaga quien a través de su red social en twitter escribió “Ahorita no es el momento para abogados, ahorita es el momento para actuación política”.
Recordó que a partir de la constitución del año 1999 se creó no solamente el nuevo poder electoral, sino que se creó una sala electoral, por la cual constitucionalmente y por las leyes electorales es quien tiene la atribución frente a “desafueros y problemas de carácter electoral”.
Enfatizó que los jueces penales está violentando todo un principio constituconal, ya que a su juicio no tienen la competencia, ni la asunción en el ámbito electoral, para aceptar una querella frente a quien evidentemente no ostenta capacidad.
El profesor universitario destacó que jurídicamente ante lo ocurrido, procede un amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los efectos de immpedir esta suspensión dado el caracter inmediato con el cual está pautado una recolección de firmas. “Hay problemas de capacidad, de quien intentó la querella, hay problemas de no atribuciones de medidas cautelares al querellante, porque eso le corresponde al MP”.
Vea y esuche la entrevista realizada al Dr. Ángel Zerpa Aponte
Daniel Guillermo Colina / @danielgcolina