La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, explicó este viernes que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no puede disolver a la Asamblea Nacional, porque no es su competencia.
“La constitución también establece las causales de la disolución de la Asamblea Aacional. La única causa remite al artículo 240. Cuando el Parlamento solicita moción de censura en tres ocasiones al vicepresidente de la República”, detalló durante una entrevista en Venevisión.
Es decir, cuando la asamblea nacional exige la responsabilidad política tres veces en el mismo periodo del vicepresidente, con la intensión de destituirlo de su cargo y sin justificación alguna; el Poder Ejecutivo puede dictar la disolución del Parlamento.
Con información de El-Nacional.com