Roberto Enríquez: Declararle el abandono del cargo YA

Roberto Enríquez: Declararle el abandono del cargo YA

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Cada día las cosas se ponen peor en Venezuela. Las maniobras y la terquedad de Maduro  por mantenerse en el poder nos está saliendo carísimo a los venezolanos. Soy un convencido de que este Gobierno es inviable, es cuestión de tiempo su caída. Nuestro deber en la oposición es evitar que ese tiempo tenga un costo social aún más alto y abrir las rutas constitucionales para  garantizar a los venezolanos el derecho a decidir mediante el sufragio el destino de Venezuela.

Es por ello que estamos convencidos de que el parlamento debe declarar el abandono del cargo de Nicolás Maduro antes del 10 de enero del 2017. No hacerlo o hacerlo después de esa fecha estaría condenando al pueblo venezolano a la eventualidad de que ante la inminencia de un colapso, Maduro pueda agarrarse de la rendija constitucional que le permite dejar el poder encargando de la presidencia al vicepresidente de la República. Y eso sería una nueva fatalidad para la vapuleada Venezuela.





Sobre este punto se ha dado un debate realmente confuso, o mejor dicho, confundidor. He escuchado a algunos, típico de quienes le justa buscarle la quinta pata al gato, decir que eso es un juicio político, y a otros, respondiéndoles con toda razón, que en el orden constitucional venezolano no se contempla el juicio político o llamado”impeachment”. Por si fuera poco, he escuchado también a pomposas voces argumentar que una decisión de esa naturaleza, amerita la aprobación del TSJ o el concurso de otro poder público.

La declaratoria del abandono del cargo del presidente de la República con basamento en el 233 constitucional tiene un valor estratégico extraordinario para cubrirle las espaldas al pueblo venezolano llegado el momento de materializar la transición democrática. Esa decisión soberanamente hecha por el parlamento despegaría toda posibilidad de que el régimen continúe en el poder y permitiría hacer el revocatorio u otra solución electoral en el 2017 sin ese peligro.

Es bueno destacar que la declaración del abandono del cargo del presidente de la República previsto en el artículo 233 de la Constitución es una figura muy original que le da al parlamento la competencia exclusiva, no concurrente con otros poderes públicos, para valorar si el Presidente está ejerciendo sus competencias constitucionales o no. El asunto no se reduce a la presencia física del Presidente, como si le diera una loquera senil o se escapara a Marbella con una novia, ese no es el caso. El asunto es si del análisis de los parlamentarios se desprende que el presidente Maduro ha abandonado sus responsabilidades constitucionales. Recordemos que el 232 de la Constitución, hace a Maduro responsable de sus actos y el 236 del mismo texto constitucional lo obliga a cumplir y hacer cumplir la Constitución. Solo por citar un ejemplo: el solo hecho de que el presupuesto nacional, principal instrumento para ordenar las finanzas públicas, haya sido aprobado violando la Constitución al no ser aprobado en la AN, es una evidencia de que Maduro a abandonado sus responsabilidades constitucionales trayéndole a Venezuela las terribles consecuencias económicas que estamos sufriendo en la actualidad.

Es oportuno aclarar que el abandono del cargo previsto en el 233 constitucional no tiene nada que ver con el antejuicio de mérito contemplado en el 266 constitucional donde si concurren otros poderes públicos. La declaración del abandono del cargo es competencia exclusiva y excluyente de la Asamblea Nacional.

Le pido a nuestros respetados parlamentarios que retomen lo que ya iniciaron, suban la cuerda, no dejen que Maduro se burle del país y declaren el abandono del cargo. Seguramente el TSJ y la Fuerza Armada harán caso omiso; pero créanme que en el mundo sí se tomaran en serio la noticia de que el parlamento venezolano le declaró el abandono del cargo al presidente de la República por no cumplir sus responsabilidades constitucionales. A partir de allí: comienza otro juego.