Carlos Sánchez Berzaín: Acciones contra actos criminales de dictadura que usurpa funciones

Carlos Sánchez Berzaín: Acciones contra actos criminales de dictadura que usurpa funciones

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La dictadura castrista de Venezuela mediante su brazo de opresión que ha denominado asamblea constituyente, está procediendo a terminar con cualquier señal de democracia. El objetivo final de la constituyente dictatorial es la construcción de un sistema en el modelo de Cuba y su trabajo inmediato es el desmantelamiento de todo lo que se oponga al poder absoluto. La constituyente de Maduro es un organismo apócrifo, que no tiene ninguna legalidad ni legitimidad, es un órgano de facto, por lo que sus actos y ordenes son hechos delictivos que nadie puede ni debe cumplir, ya que los actos de quienes usurpan funciones o ejercen jurisdicción o potestad que no emana de la ley son nulos de pleno derecho y existen acciones legales para defender la democracia.

Para que el acto de un órgano o funcionario público sea válido debe estar fundado en la legal composición del órgano o designación del funcionario, debe poseer la capacidad conferida por ley que se conoce como competencia, y debe tratarse de una decisión que esté en el marco de su potestad entendida como “el dominio, poder, jurisdicción o facultad que se tiene sobre algo”. Cuando esos elementos no existen, el acto u orden es solo crimen, actos delictivos que se conocen y están tipificados como “usurpación de funciones”, “suplantación de autoridad”, “atribuirse los derechos del pueblo”, “conspiración”.





La constituyente dictatorial de Venezuela desde el momento mismo en que tomó por la fuerza las instalaciones de la Asamblea Nacional ha cometido solamente actos nulos de pleno derecho que no pueden ser obedecidos ni tomados en cuenta por ningún ciudadano, por ningún estado, ni por ninguna organización, pero además de la nulidad, sus miembros cometieron delitos. Esa mezcla dictatorial de acto nulo y delictivo ha continuado ilimitadamente por la constituyente de Maduro al “atribuirse todos los derechos del pueblo venezolano”, y aquellos como la destitución de la Fiscal y la pretendida eliminación de la Asamblea Nacional.

Todos los actos que realiza Nicolás Maduro como dictador, y ahora la constituyente dictatorial de Venezuela: 1).- Son nulos de pleno derecho porque el órgano que los emite no tiene origen legal, no posee capacidad legal ni competencia y no tiene potestad que emane de la ley. 2).- Son delitos infraganti que inculpan a todos sus actores y los incluye en el marco del régimen de delincuencia organizada que hoy controla Venezuela, con las consecuencias personales y patrimoniales que eso implica de acuerdo a la Convención de Palermo. 3).- Son acciones de facto de la dictadura que ha elegido como instrumento de gobierno una mezcla explosiva de acto nulo, ilegal y violatorio de los derechos humanos con delitos de la mayor gravedad, de un régimen criminal.

Frente a esta situación de atropello y delincuencia extremos contra una sociedad indefensa cuyos derechos humanos y fundamentales son violados a diario, la teoría del derecho, los principios de la ciencia política y la historia, señalan el camino de la defensa de la libertad, porque la democracia no es inerme, no es indefensa y no puede serlo. De ahí resultan urgentes acciones para reponer el estado de derecho en Venezuela. Como la situación de Venezuela ya incumbe y tiene efectos en todas las Américas y en el mundo, a continuación algunas sugerencias fundadas en la necesidad de que los defensores de la democracia tomen iniciativa y no sean solo reactivos a los acciones de la dictadura:

1.- Una primera acción de desconocimiento y resistencia civil que el pueblo venezolano y su oposición ya está ejercitando. Nadie puede reconocer y menos cumplir las ordenes delictivas de la dictadura y empezando por la Asamblea Nacional, sus miembros, los Magistrados legítimos, la Fiscal y los organismos legales de Venezuela deben continuar en sus funciones abiertamente, en la clandestinidad o en el exilio, y los gobiernos del mundo deben reconocerlos como tales. Continuar es ejercer, la fiscal acusando, organizando una oficina, levantando procesos, actuando; los Magistrados ejerciendo jurisdicción, emitiendo fallos y resoluciones; la Asamblea Nacional reuniéndose y tomando determinaciones para afrontar la crisis, proteger al pueblo y restaurar la democracia.

2.- La Asamblea Nacional debería nombrar el tan repetido y planteado “gobierno de transición” que reemplace al del dictador Maduro, porque al constituir un nuevo gobierno -así sea en el exilio- crean un sujeto de derecho interno e internacional que debe ser objeto de reconocimiento por los gobiernos democráticos del mundo; adquieren capacidad legal de “Poder Ejecutivo” en ámbito interno e internacional, pueden disputar la representación en organismos internacionales como las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA) y otros; deslegitiman rápidamente al régimen castrista de Maduro, forzando claridad en las posiciones de los gobiernos democráticos y de los enemigos de la democracia. Hay ejemplos históricos muy notables de gobiernos en el exilio como el de Charles De Gaulle.

3.- La Asamblea Nacional y el gobierno de transición deberían pedir a la comunidad internacional, empezando por el Consejo de Seguridad de la ONU, la OEA, la Unión Europea y a cada uno de los países democráticos, incluir en las listas de búsqueda y detención de criminales a los miembros de la dictadura de Venezuela, empezando por Maduro, en función de la Convención de Palermo de la ONU, para que los incluidos en esa lista sean perseguidos y detenidos por la Interpol y los órganos de seguridad de cualquier país del mundo con el objeto de responder a los crímenes cometidos y en ejecución contra el pueblo venezolano. La tipificación, acusación y prueba debe ser documentada de inmediato por la Fiscal en el exilio.

Son solo tres sugerencias, pero hay muchas más que se pueden hacer legalmente para que la comunidad internacional ayude rápido y bien a recuperar la democracia en Venezuela en base al principio de que los actos de quienes usurpan funciones son nulos y punibles.

Publicado por Diario las Américas el domingo 20 de agosto, 2017