Un informe elaborado por el Gobierno español concluye que no cabe la investidura de ningún presidente por vía telemática, sin estar presente en el Parlamento, como pretende el expresidente catalán Carles Puigdemont, huido en Bruselas.
Puigdemont aspira a ser investido presidente del Gobierno catalán, pero está en la capital belga para no responder a la Justicia española, que lo investiga por posible rebelión, entre otros delitos, por su participación en el proceso independentista de esa región española.
Por ello pretende ser elegido por vía telemática o a través de un representante, que exponga en la Cámara su programa de Gobierno para ser investido presidente.
El ejecutivo español estudió el reglamento del Parlamento Catalán y, según el informe al que tuvo acceso Efe, considera que no está contemplada la posibilidad de una presentación no presencial, dado el carácter personalísimo de ese acto.
Ese mismo argumento lo utilizó ayer el expresidente del gobierno catalán y diputado electo Oriol Junqueras, en prisión provisional, cuando pidió al Tribunal Supremo español su puesta en libertad para asistir a los plenos de constitución del Parlamento y al de investidura, al considerar que su voto es “indelegable” y su función en el plenario “no puede ser sustituida”.
En las elecciones regionales del pasado 21 de diciembre la lista JxCat (Juntos por Cataluña), encabezada por Puigdemont consiguió 34 escaños y ERC (independentistas republicanos de izquierda), liderada por Junqueras, 34, aunque el ganador de las elecciones fue Ciudadanos (liberales contrarios a la independencia), con 36 diputados.
JxCat y ERC no tienen la mayoría absoluta de la Cámara (68 escaños), por lo que necesitan el apoyo de los cuatro diputados de la CUP (indepententistas antisistema) y la presencia de todos sus diputados es vital para sacar adelante sus propuestas.
Según argumenta el informe del Ejecutivo español, los miembros de un gobierno tienen la obligación de acudir presencialmente al Parlamento cuando sean requeridos para ello, por lo que no cabe entender que no sea capaz de presentarse físicamente en el momento en que solicita la investidura de la Cámara.
De forma excepcional, el reglamento del Parlamento catalán sí permite la delegación de voto en otro diputado, pero sólo en supuestos de baja por maternidad o paternidad, hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente justificada.
ERC ha pedido a los letrados del Parlamento que se pronuncien ante esa posibilidad, antes de comprometerse a apoyar la investidura telemática de Puigdemont. EFE