La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia indica en su sentencia N° 283 que la inhabilitación política del ciudadano Vicencio Scarano Spisso, conocido como “Enzo Scarano”, cesó por cuanto transcurrió con creces el tiempo establecido para el cumplimiento de la sanción impuesta, razón por la cual puede postularse para el ejercicio de cargos públicos o políticos, siendo que cualquier acto dictado bajo la premisa de la sanción ya cumplida queda sin efecto.
La decisión de la Sala del Máximo Juzgado del país ordena oficiar al Consejo Nacional Electoral, a la Contraloría General de la República y a la Procuraduría General de la República, a los fines legales correspondientes.
Señala la Sala Constitucional, con ponencia de su presidente, magistrado Juan José Mendoza Jover, que la inhabilitación política de Vicencio Scarano Spisso fue impuesta por la mencionada Sala el 9 de abril de 2014, visto el desacato en el que incurrió al mandamiento de amparo constitucional cautelar dictado el 12 de marzo de 2014, mediante sentencia N° 136, por lo que fue sancionado a cumplir 10 meses y 15 días de prisión, tiempo en el cual fue inhabilitado políticamente.
Nota de prensa