En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.396 de fecha 21 de agosto de 2018 fue publicado un Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se reforma el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.
DECRETO CONSTITUYENTE QUE REFORMA EL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS
Artículo 1°. Se modifica parcialmente el artículo 13, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 13. La alícuota de este impuesto podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida de un límite mínimo O% hasta un máximo de 2%.
Hasta tanto el Ejecutivo Nacional establezca la alícuota de este impuesto, esta se fija en 1%, a partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.”
Artículo 2°. Esta Decreto Constituyente entrará en vigencia a partir del primero de septiembre de 2018.
Dado en Caracas, a los Diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
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