El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación Nacional de Colegios de Abogados en cumplimiento de la Misión que rige sus actuaciones como es el “Velar por el debido respeto de los derechos humanos de los hombres y mujeres privadas de libertad”, emite el presente comunicado, con ocasión de la muerte del ciudadano Fernando Alberto Albán Salazar, ocurrido el lunes, 8 de octubre del presente año, mientras se encontraba detenido en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), ubicada en Plaza Venezuela, en la ciudad de Caracas.
Nota de prensa
Ante este lamentable hecho, manifestamos nuestro rechazo, considerando que el Concejal Fernando Albán se encontraba bajo la custodia del Estado desde el sábado 5 de octubre, cuando llegó al país procedente de EEUU.
Recordamos que es deber del Estado, proteger la vida de los ciudadanos que se encuentran bajo su protección, tal como lo establece el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentran privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”.
Igualmente, el Estado debe considerar que existen normas internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 3, 9 y 13 numeral 2), las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los Reclusos, conocidas como las “Reglas Mandela” (1 y 2) y los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en Las Américas (Principios I-Trato Humano; III-Libertad Personal; IV-Legalidad y V-Debido Proceso), las cuales constituyen garantías al respeto a la vida y libertad de las personas en condiciones de igualdad y sin discriminación alguna.
Es preocupante que ante el fallecimiento del Concejal Fernando Albán, sin investigación previa, se haya producido versiones contradictorias por parte de representantes del gobierno nacional, tal como es el caso del Ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Néstor Reverol quien manifestó: “…en el momento que el detenido iba a ser trasladado al tribunal, encontrándose en la sala de espera del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional “SEBIN”, se lanzó por una ventana de las instalaciones cayendo al vacío, ocasionándole la muerte”, mientras que el Fiscal General de la República, nombrado por la Asamblea Nacional constituyente Tarek William Saab dijo ante los medios de comunicación, el mismo lunes 8 de octubre, “…la versión preliminar que nuestros funcionarios han recogido en el lugar de los hechos, …es que el ciudadano solicitó ir al baño y estando allí se lanzó al vacío desde un piso 10”.
Por otra parte, el Fiscal General nuevamente declara el miércoles 11 de octubre y señala otra versión de los hechos, manifestando que: “En la hora del almuerzo del 8 de octubre, Albán se habría levantado abruptamente de la mesa diciendo que iría al baño; sin embargo, corrió hacia una ventana panorámica del piso 10 de la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional “SEBIN”, en Plaza Venezuela y se lanzó al vacío”.
Dadas estas contradicciones, se genera en la sociedad venezolana en general, dudas razonables en torno a la veracidad de los hechos que rodearon la muerte del Concejal Fernando Albán, la parcialización de la declaraciones del Fiscal General de la Republica, nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente, calificando lo ocurrido como un “suicidio”, se Propone:
1.- Que el Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, El secretario General de la ONU y a la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos humanos, creen una Comisión Internacional de Expertos Independientes, para que realice la investigación y presente un Informe Público, sobre la realidad de lo sucedido en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional “SEBIN”, muere el Concejal Fernando Albán.
En la ciudad de Caracas a los once días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Humberto Prado Sifontes
Coordinador General del OVP