La Sala de Casación Social del TSJ de Nicolás Maduro, por medio de la sentencia 884, declaró con lugar una demanda que exigía la cancelación de conceptos laborales en divisas (dólares) a tasa Dicom, reseñó El Universal.
Tal decisión, emitida el pasado 5 de diciembre de 2018, se condena el “pago en divisas (dólares) a tasa Dicom en demanda laboral de conformidad a lo establecido en el artículo 128 de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela”.
El Observatorio Venezolano de la Justicia considera que “los pagos estipulados en monedas extranjeras se efectuarán, salvo convención especial, al tipo de cambio oficial conforme a la tasa del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom) que fije el Banco Central de Venezuela, para el momento en que se realice el pago efectivo”.
Por su parte, Badell&Grau señala que, de conformidad con el artículo 128 de la Ley Orgánica del BCV, existe la posibilidad de pactar obligaciones laborales en moneda extranjera.