El gobierno cubano impone normas draconianas a los médicos en misiones sanitarias que vulneran sus derechos fundamentales, señaló hoy Human Rights Watch. Los gobiernos que solicitan asistencia de trabajadores de la salud cubanos para responder a la pandemia de Covid-19 deben exigir a las autoridades cubanas que reformen las leyes y reglamentos aplicables que vulneran, entre otros, los derechos a la privacidad, la libertad, la libertad de expresión y asociación, y el libre movimiento.
Por Human Rights Watch
Desde marzo, Cuba ha enviado cerca de 1.500 profesionales médicos a distintos países del mundo a colaborar con la lucha contra la pandemia de Covid-19. Estos profesionales se suman a los aproximadamente 30.000 trabajadores de la salud cubanos que ya se encontraban en el extranjero. Las reglamentaciones oficiales establecen que los trabajadores pueden recibir sanciones disciplinarias si entablan “amistad” con personas que tengan “opiniones hostiles o contrarias a las de la revolución cubana”. Los trabajadores sanitarios también pueden ser sancionados si “abandonan” su trabajo.
“Los médicos cubanos enviados a responder a la pandemia de Covid-19 ofrecen valiosos servicios a numerosas comunidades, pero a costa de sus libertades más básicas”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Los gobiernos interesados en recibir la asistencia de médicos cubanos deben exigirle al gobierno de Cuba que reforme su orwelliano sistema, que regula con quiénes los médicos pueden vivir, hablar o incluso mantener una relación sentimental”.
Según el gobierno cubano, a lo largo de un período de casi 60 años, Cuba ha enviado más de 400.000 trabajadores de la salud a 164 países para abordar crisis de corto plazo, desastres naturales y, en la actualidad, la pandemia de Covid-19. Desde marzo de 2020, el gobierno cubano ha enviado a varios contingentes de profesionales médicos para apoyar a sistemas de salud locales en más de 20 países, incluidos varios de América Latina.
Desde la primera misión médica a Argelia en 1963, Cuba ha diseñado normas represivas que rigen la vida de aquellos que envía al exterior. Estas normas imponen límites severos a la libertad de expresión, asociación y movimiento, así como a la privacidad de los trabajadores de la salud.
Cuba regula incluso los aspectos más triviales de la vida de los médicos cubanos que participan en misiones, de maneras que vulneran los derechos de libertad de asociación. Conforme a la Resolución 168 de 2010, dictada por el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de Cuba, se consideran “infracciones de la disciplina” mantener “relaciones” con cualquier persona “cuya conducta no esté acorde con los principios y valores de la sociedad cubana”, así como sostener “relaciones de amistad o vínculos de otro tipo” con ciudadanos cubanos disidentes y personas que tengan “posiciones hostiles o contrarias a la Revolución cubana” o que sean “promotores de un modo de vida contrario a los principios que deben caracterizar a un colaborador cubano en el exterior”. Vivir con personas “no autorizadas” también constituye una infracción disciplinaria. El personal enviado a estas misiones debe reportar a sus superiores inmediatos todas “sus relaciones amorosas”.
A través de disposiciones imprecisas contenidas en la mencionada Resolución 168, se limita la libertad de circulación de los trabajadores sanitarios. La resolución establece como infracción“ frecuentar lugares que dañen [el] prestigio [del médico] en el concepto público” y también “concurrir a lugares que, dadas sus características, resulten proclives a alteraciones del orden público”. Los trabajadores de la salud también deben obtener “autorización” para “participar en actos públicos de carácter político o social”.
La libertad de expresión de los trabajadores de la salud cubanos también se ve gravemente limitada como resultado de reglamentaciones amplias e imprecisas que resultan innecesarias y desproporcionadas para cualquier objetivo gubernamental legítimo. Conforme a la Resolución 168, los médicos necesitan “instrucciones y autorizaciones” para “emitir valoraciones” a los medios de comunicación sobre “situaciones internas del centro de trabajo” o que “comprometan la colaboración cubana”. También constituye una infracción “difundir o propagar criterios o rumores que vayan en detrimento de la moral o el prestigio del colectivo o de algún integrante de este”.
Las sanciones previstas para quienes cometan infracciones disciplinarias van desde la retención de salarios hasta la expulsión de la misión y el regreso a Cuba. El Código Penal de Cuba prevé que el personal médico que “abandone” su trabajo puede ser objeto de procesos penales y penas de hasta ocho años de cárcel, una medida que resulta absolutamente desproporcionada y que afecta el derecho a la libertad de los trabajadores de la salud cubanos.
Human Rights Watch no ha podido determinar el número de trabajadores de la salud cubanos que han transgredido estas normas y leyes, ni cuántos han sido objeto de sanciones penales o disciplinarias. Si bien, al parecer, serían escasas las instancias en las que se han aplicado sanciones penales, declaraciones de médicos analizadas por Human Rights Watch sugieren que las sanciones disciplinarias son más frecuentes.
La legislación cubana limita considerablemente el derecho de los médicos y otros cubanos a salir del país. Cuba restringe el acceso a pasaportes corrientes, y los trabajadores de la salud que forman parte de misiones reciben los denominados pasaportes “oficiales” que sólo tienen validez durante el período de la misión.
Los trabajadores sanitarios en Cuba se consideran población “regulada” y deben obtener una autorización especial para salir del país antes de recibir un pasaporte, incluso si renuncian a sus cargos en el Sistema Nacional de Salud. La normativa cubana intenta justificar estas restricciones invocando la necesidad de preservar a los trabajadores “que realizan actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país”. Sin embargo, estas restricciones severas, que se aplican por tiempo indefinido, resultan claramente desproporcionadas para el objetivo buscado.
Un decreto de 2012 otorga amplias facultades a las autoridades para otorgar o denegar a los trabajadores de la salud permiso para salir del país. Asimismo, el decreto indica que las autoridades tendrán “un plazo que no exceda de cinco años” para tramitar la solicitud de un trabajador sanitario para trasladarse al exterior. Según el derecho cubano, este extenso período de espera sería para “realizar el entrenamiento del relevo [del trabajador de la salud]”.
Algunos trabajadores sanitarios cubanos también han informado que quienes “abandonan” las misiones están sujetos a una prohibición de facto de ingresar a Cuba por ocho años. La prohibición no está claramente establecida en la legislación cubana. No obstante, el derecho inmigratorio de Cuba prohíbe el ingreso de quienes hayan sido declarados “indeseables” o hayan “organiza[do], estimula[do], realiza[do] o participa[do] en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano”. La disposición viola el derecho consagrado en el derecho internacional a ingresar al país propio y se aplica a “toda persona”, incluidos ciudadanos cubanos.
En noviembre de 2019, las Relatoras Especiales de la ONU sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, pidieron información al gobierno cubano sobre las condiciones laborales de las misiones médicas cubanas. Las relatoras indicaron que habían recibido información, incluso de primera mano, sobre condiciones laborales que “podrían elevarse a trabajo forzoso”.
Según indicaron las relatoras de Naciones Unidas, muchos médicos se sienten presionados a participar en las misiones y temen sufrir represalias si no lo hacen. Asimismo, reportaron “exceso de horas trabajadas” por los médicos, limitaciones en cuanto a vacaciones y salarios, amenazas de autoridades cubanas y restricciones a los derechos a la privacidad y a la libertad de expresión. En una respuesta a las relatoras de la ONU de enero de 2020, a la cual tuvo acceso Human Rights Watch, el gobierno cubano negó los señalamientos e indicó que las relatorías habían sido “utilizad[as] para fomentar espurias campañas promovidas por el gobierno de Estados Unidos”.
La organización de derechos humanos Prisoners Defenders obtuvo declaraciones de decenas de trabajadores de la salud que participaron en misiones antes de la pandemia de Covid-19, entre 2001 y 2018, a las cuales tuvo acceso Human Rights Watch. Muchos manifestaron haberse sumado al programa porque temían represalias por parte de las autoridades cubanas. Otros afirmaron haberse unido a las misiones con la esperanza de irse del país o de conseguir acceso a alimentos, como carne, que no pueden obtener con los salarios que perciben en Cuba.
Los derechos a la privacidad, la libertad de expresión y asociación, la libertad y al libre movimiento se encuentran protegidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como por otros tratados internacionales y por el derecho internacional consuetudinario. La amplia mayoría de los países que reciben a médicos cubanos han ratificado el pacto. Cuba firmó el pacto, pero no lo ha ratificado. El trabajo forzado también se encuentra prohibido por los Convenios 29 y 105 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificados por Cuba y la mayoría de los Estados que han recibido médicos cubanos. Varios de ellos también han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, así como a un nivel de vida adecuado. La Declaración Universal de Derechos Humanos también establece que toda persona tiene “derecho a salir de cualquier país, incluso del propio”, así como “a regresar a su país”.
Los países que reciben médicos cubanos tienen obligaciones de derechos humanos respecto de todas las personas en su territorio, lo cual incluye a los trabajadores sanitarios cubanos, y deben asegurarse de que los acuerdos alcanzados con el gobierno cubano prevean garantías efectivas para los derechos de los trabajadores, señaló Human Rights Watch.
“Los gobiernos que acepten asistencia cubana que incluya condiciones abusivas impuestas por Cuba podrían convertirse en cómplices de graves violaciones de derechos humanos”, explicó Vivanco. “A nadie le sorprende que el régimen cubano no esté dispuesto a respetar los derechos de sus trabajadores de la salud, pero otros gobiernos deben abstenerse de contribuir a esta explotación”.