La Fiscalía Provincial de Madrid ha dirigido un escrito al titular del juzgado de instrucción número 42, Juan José Escalonilla, en el que pide que la causa por malversación abierta sobre Podemos se restrinja exclusivamente al contrato que la formación suscribió con la consultora Neurona para las elecciones del 28 de abril, pues al igual que los fiscales del Tribunal de Cuentas, aprecia indicios racionales de delito.
Por Isabel Vega | ABC.es
En el primer escrito que emite la Fiscalía en este procedimiento, incoado a partir de una denuncia del exabogado de Podemos José Manuel Calvente, el Ministerio Público explica que no ve indicios en el resto de hechos denunciados, como los sobresueldos, que pueden ser «discutibles» desde el punto de vista ético o de transparencia, pero «no revisten caracteres de delito» y en algunos casos, responden a «rumores, sospechas o suspicacias».
Pero cuando se trata de Neurona, la consultora a la que Unidas Podemos pagó 363.000 euros para las generales del año pasado que después intentó cargar a la financiación pública como gasto electoral, es otro el punto de vista. La Fiscalía aprecia la existencia de «indicios racionales suficientes de la perpetración de un hecho delictivo» y rechaza que esta investigación, como alegaba Podemos, tenga carácter «prospectivo».
«Existen elementos que determinan que no se ha acreditado la justificación de este gasto resultando además que es una empresa creada ‘ad hoc’ para la prestación del servicio», dice el escrito, notificado este martes.
Del mismo modo explica que de la información bancaria remitida resulta que la empresa contratista Neurona efectuó abonos en fechas próximas a las elecciones de 2019 a una mercantil de tecnología digital con sede en Dallas (Creative Advice Interactive) por un importe total de 308.257,20 euros «cuando las transferencias de la coalición son manifiestamente superiores».
Igualmente reseña que todos los gastos que figuran en sus cuentas corrientes son los normales de prestación de servicios (Burguer King, Uber, Museo del Jamón..) así como comisiones al letrado que figura como administrador de la entidad, pero no constan «gastos de personal, medios materiales o locales» propios de una actividad empresarial .
Tal y como informó ABC, esta sociedad fue constituida en marzo de 2019 con sede social en el despacho de un abogado de Sevilla, Elías Castejón, que ha sido llamado como investigado al procedimiento. Calvente denunció que se trataba de una tapadera y aportó como prueba un borrador del contrato de 363.000 euros que la coalición electoral firmaría para las elecciones y que estaba fechado antes de que Neurona existiese como mercantil.
Además, no tiene administrador desde principios de este año, pues Castejón renunció sin que se haya nombrado sucesor, en una situación completamente anómala estando la sociedad aún en activo y que contraviene la normativa de sociedades de capital. El juez está investigando si la empresa era real y ha empezado por averiguar si llegó a tener algún empleado.
Por contra, Fiscalía no ve indicios suficientes en otro de los contratos de consultoría denunciados por Calvente, el suscrito con ABD y en el que según el abogado, habrían intervenido como comisionistas el responsable de las dos últimas campañas, Juan Manuel Del Olmo, y el diputado Rafael Mayoral. Entiende que se trata de «rumores, sospechas o suspicacias del propio denunciante» y critica que el juez haya acordado diligencias para esclarecer este asunto, pues «es completamente contrario a lo que se pretende en una instrucción judicial en una sociedad democrática».
No ve delito en los sobresueldos
En la misma línea se pronuncia sobre los supuestos sobresueldos en la formación que denunciaba el exabogado y que se habrían producido con la aplicación de complementos salariales inexistentes y la justificación de falsos gastos laborales, como de desplazamiento.
La Fiscalía recuerda que fue la propia formación política quien impuso un límite salarial para todos sus miembros que no excediera tres salarios mínimos interprofesionales y en 2019, el límite estaba en 2.850 euros para los empleados sin persona a su cargo. Ninguna de las nóminas aportadas por Calvente rebasa este umbral. «No podemos deducir que hayan cobrado más de lo que les corresponde», concluye.
Dice que, en todo caso, superar esa barrera sería «discutible» desde el punto de vista interno, pero «no constituye hecho típico alguno». «Más aun, ni siquiera aparece como acreditado este hecho a la vista de las nóminas aportadas y la normativa interna», añade.
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