Reforma de Ley del Impuesto a Grandes Transacciones se afincará en los más necesitados

Reforma de Ley del Impuesto a Grandes Transacciones se afincará en los más necesitados

Un vendedor ambulante cuenta sus ganancias en dólares y bolívares, el 17 de enero de 2022, en Caracas (Venezuela).  EFE/ Rayner Peña R.

 

Las políticas económicas del gobierno de Nicolás Maduro cada vez se alejan más de su presunta premisa de «proteger al pueblo» y se dirigen más bien a exprimir sus finanzas y obstaculizar su estabilidad económica.

Por Brian Contreras / talcualdigital.com





Después de tres años de avance de la dolarización, la economía logró escapar del ciclo hiperinflacionario en el que estaba sumergida desde 2017. Pese a la brutal contracción de la actividad económica en 80% desde 2013, finalmente el venezolano parece haber encontrado una diminuta bocanada de aire fresco con el cese de las regulaciones estatales, el esfuerzo de la empresa privada para recuperarse y la libre circulación de divisas.

Todo este progreso se empieza a ver obstaculizado por nuevas políticas económicas emanadas desde la dirigencia chavista, que insiste en imponer restricciones al mercado.

En esta ocasión, la Asamblea Nacional (AN) administrada por el chavismo elaboró y aprobó un proyecto de reforma para la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, que lejos de perjudicar a las operaciones «grandes» acaba por aplicarse para prácticamente todas las transacciones cotidianas, especialmente aquellas que se concreten en divisas o en criptomonedas.

De acuerdo con la exposición de motivos de la reforma, la finalidad de este cambio es incrementar en hasta un 5,4% la recaudación tributaria del país, bajo el argumento de que existen «actividades altamente concentradas en dólares en efectivo en grandes negocios».

“El razonamiento parece estar centrado en estos «grandes negocios» y da a entender que no aplica para los pequeños empresarios o para las personas naturales, pero, en realidad se aplicará a todos los ciudadanos”.

En segunda instancia, la ley propone que, al hacer más económico el uso del bolívar con respecto a las divisas, se fortalecerá gradualmente la moneda nacional.

Sin embargo, sus efectos podrían alejarse mucho de sus objetivos y generar más problemas que soluciones. Los expertos consideran que la reforma será contraproducente.

Un impuesto para todos

La nueva versión de la ley establece tres rangos distintos de aplicación de impuestos:

La primera va de 0 al 2% para una gran cantidad de transacciones en bolívares, por no incluirlas todas.

Sigue una de 2% a 8% para operaciones en divisas o criptomonedas dentro del sistema bancario nacional.

Finalmente, una de 2% a 20% para las transacciones en divisas o criptomonedas efectuadas sin mediación de instituciones financieras, es decir, en efectivo.

Quien determinará la fijación de estas tasas será el Poder Ejecutivo, mediante una providencia administrativa. Mientras ese documento no sea emitido, la ley establece que se utilizará una tasa fija de 2% para una gran cantidad de operaciones en bolívares y 3% para aquellas en dólares.

Esto quiere decir que todos los pagos emitidos a entidades o personas tanto naturales como jurídicas que sean considerados por la ley como «sujetos pasivos especiales», deberán someterse a estos 2% y 3%, dependiendo de si pagan en bolívares o en dólares, respectivamente.

El consultor tributario Héctor Orochena explicó que esta metodología afectará a «todos» los contribuyentes, a todas las personas naturales, porque «la obligación es para que toda aquella empresa o persona que le compre a contribuyentes calificados como sujetos pasivos especiales».

Originalmente, la ley calificaba como «sujetos pasivos especiales» a los «grandes contribuyentes», pero debido a la hiperinflación y al rezago de la Unidad Tributaria (UT), esta categoría ahora incluye a prácticamente todos los venezolanos.

La Providencia N° 0685 del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) indica que podrán ser calificados como sujetos pasivos especiales aquellas personas naturales con ingresos brutos de 7.500 UT en adelante y personas jurídicas con ganancias brutas de 30.000 UT o más.

Debido a la devaluación del bolívar, el valor de la UT pasó a ser insignificante. Actualmente cada UT equivale a Bs 0,02 . Por lo tanto, se considera un «gran contribuyente» a cualquier persona natural con ingresos brutos anuales de Bs 150 ($33) y a toda persona jurídica con ganancias brutas anuales de Bs 600 ($133). En la práctica, todos los ciudadanos se someten a la Ley de Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras.

«En su creación, se tomaba el cuidado de que solamente se calificaba como contribuyente especial a las empresas y comercios verdaderamente grandes. Con el tiempo, con la subvaloración de la UT, ha significado que cualquier pequeña empresa sea calificada como sujeto pasivo especial», aclaró Orochena.

La consecuencia directa es que todo pago efectuado a un tercero de ahora en adelante constituirá un impuesto del 2% o del 3%, que se sumará al 16% que ya se cobra por el Impuesto de Valor Añadido (IVA).

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