Expertos en leyes aseguran que la ley de Registros afecta al venezolano de a pie que desea vender una casa modesta o apartamento por el alto costo de los aranceles.
Por 2001online.com
Hay dos formas de hacerlo. Una consiste en que la gente puede ceder en vida propiedades a los hijos.
La abogada Vestalia Tovar indicó que “los venezolanos no tienen recursos para pagar esos aranceles. Lo que se recomienda ahorita para la venta con opción a compra, que no es la definitiva, es hacerlo mediante un documento privado. Culminado el lapso de 120 días que establece la ley, y efectuado el pago, viene la protocolización definitiva en el Registro”, afirmó.
“Otra forma es hacerlo vía electrónica, es decir, se le envía la opción a compra al emisor, en este caso al comprador, y después él remite a través del correo electrónico la venta al receptor que es el vendedor, se coloca la firma. Es la afirma normal en un papel en blanco con la cédula, se escanea, se corta y pega al documento”, detalló.
“Una vez que ese vendedor envía el documento, el comprador debe contestar dentro de las 24 horas, como dice la ley de Datos y Firmas Electrónicas”, explicó.
Lo legal
“Por documento privado se hace en base a los artículos 1359, 1159 y 1160 del Código Civil, la vía online es legal y en base a los artículos 4,6 y 13 de la Ley de Datos y Firmas Electrónicas”, aseguró.
Precisó que “la ley establece que el impuesto de la venta es un máximo de 2%, es decir, dependerá de las características del inmueble, su ubicación, su estado físico, una vez que se haya pactado el precio. Por ejemplo el impuesto de un apartamento de 72 metros cuadrados en Caricuao es $3.600. El impuesto es de $2.000 en adelante aproximadamente”.
Si los padres quieren ceder en vida propiedades a los hijos, “primero tienen que pedir una autorización al Tribunal de Protección y el Tribunal oficiaría al Registro, y para que los padres puedan ser los administradores de los inmuebles tiene que ser mediante una curatela ante el Tribunal de Protección”.
“Si el hijo es mayor de edad, la venta procede como lo acabo de señalar porque al adquirir la mayoría de edad es un adulto y el impuesto es de $2000 en adelante”, dijo.
Cesión
Con respecto a la Simulación de Venta o Venta Simulada, Tovar indicó que “a mi criterio es un hecho ilícito. Los tribunales venían rechazando las ventas por grado de parentesco, es decir, si corroboran que es el mismo apellido no procede la venta. En estos casos se recomienda la Cesión de Derechos”.
“La Cesión de Derechos se hace directamente ante el Registro porque es una Cesión de los Derechos Habidos y por Haber y el impuesto será acorde al costo del bien inmueble, su ubicación, al año, las características”, aseguró.
“A mi criterio tanto la venta simulada, la venta pura y simple son inalcansables en cuanto al pago del impuesto”, aseveró.
El abogado Frederick Cabrera señaló que “el venezolano de a pie se ve afectado por la Ley de Registros y Notarías por los costos. Para vender una casita o un apartamento en un bloque que vale $7.000, se le pueden ir en gastos como $1.700, en gastos de abogado, gestores, liberaciones, Notaría para liberar la hipoteca por el crédito, y el Registro”.