Magnicidio, junto a conspiración y traición a la patria. Estas palabras son unas de las más escuchadas por los venezolanos en las más de dos décadas que el chavismo tiene gobernando el país, pues las autoridades la usan constantemente. Sin embargo, el término hoy vuelve a estar en boga a causa de las condenas impuestas al exdiputado opositor Juan Requesens y otras dieciséis personas por su presunta participación en el intento de asesinato que Maduro sufrió el 4 de agosto de 2018, cuando presidía el acto aniversario de la Guardia Nacional.
La decisión, adoptada por el Tribunal Especial Primero de Juicio con competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo con jurisdicción a nivel nacional el pasado 4 de agosto, justo cuatro años después de que un dron con explosivos estallara mientras Maduro daba un discurso en cadena nacional de radio y televisión, es la primera relacionada con un supuesto intento por segar la vida del jefe de Estado. Dato llamativo si se toma en consideración que en las últimas dos décadas las autoridades han denunciado decenas de supuestos planes y complots no solo para deponer al Gobierno sino también para acabar con la vida del fallecido Hugo Chávez y de su sucesor, Nicolás Maduro.
Incluso en los pocos casos en los que se produjeron detenciones y se abrieron juicios, como el de los supuestos paramilitares colombianos detenidos en 2004 en una finca en las inmediaciones de Caracas y que presuntamente recibían entrenamiento para atacar el palacio presidencial, el anterior mandatario los indultó y permitió su regreso a Colombia.
Una investigación periodística realizada por el diario El Universal en 2013 reveló que hasta este año distintos funcionarios, comenzando por Chávez y Maduro, habían denunciado unos cincuenta planes para asesinarlos, algunos de los cuales incluían francotiradores o el intento de derribar el avión presidencial con un misil antitanque. Solo ese año, Maduro hizo once denuncias. A pesar de las cifras anteriores, ninguna de esas tramas terminó en ningún juzgado ordinario ni militar.
Es más, hasta ahora la palabra magnicidio no figuró más que en dos procesos judiciales. El primero fue el seguido contra el general (r) Wilfredo Barroso y el vicealmirante (r) Carlos Millán, quienes a finales de 2008 fueron detenidos junto a otros oficiales por presuntamente orquestar un plan para asesinar al anterior mandatario y luego fueron absueltos por la Corte Marcial, de acuerdo con la información que maneja la organización Fundepro. El segundo fue el caso seguido contra el sargento José Guerrero Santander, quien laboraba en la Gobernación de Barinas y que también fue vinculado a otro de estos complots. Sin embargo, en noviembre de 2012 el Tribunal Militar 12 de Control del estado Mérida, desechó el asunto por falta de pruebas.
Penas ejemplarizantes
La justicia venezolana hizo del caso del dron un punto de inflexión. Al menos eso es lo que dejan entrever las condenas impuestas a los acusados, las cuales van de cinco a treinta años de prisión, según informó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
El Tribunal 1 de Juicio con Competencia Nacional para Delitos Asociados al Terrorismo y a la Delincuencia Organizada declaró a los diecisiete procesados culpables de la comisión de delitos que van desde homicidio intencional calificado en grado de frustración, siguiendo por lanzamiento de artefactos explosivos en reuniones públicas, hasta traición a la patria, terrorismo y financiamiento del terrorismo, conspiración, encubrimiento y asociación para delinquir.
En el caso de Requesens, a quien el Ministerio Público (MP) señaló de conspiración, fue condenado a ocho años de cárcel.
Las condenas más duras, de treinta años de prisión, lo máximo permitido por el ordenamiento jurídico venezolano, fueron dirigidas contra tres militares (Alejandro Pérez Gámez, general de División de la Guardia Nacional Bolivariana [GNB]; Pedro Javier Zambrano Hernández, coronel de la GNB; Juan Carlos Monasterios Vanegas, sargento Mayor de Primera (r) y nueve civiles (Argenis Gabriel Valera Ruiz, José Miguel Estrada González, Oswaldo Gabriel Castillo Lunar, Alberto José Bracho Rozquez, Brayan De Jesús Oropeza Ruiz, Henriberth Enmanuel Rivas Vivas, Yolmer José Escalona Torrealba, Emirlendris Carolina Benítez Rosales y Yanin Fabiana Pernía Coronel).
Otro uniformado (general Héctor Armando Hernández Da Costa) fue condenado a dieciséis años de prisión, un exfuncionario de la extinta Policía Metropolitana (José Eloy Rivas Díaz) a veinte años y dos civiles (Ángela Lisbeth Expósito Carrillo y Wilder Vásquez) a veinticuatro y cinco años, respectivamente.
Mal desde el inicio
El veredicto pone fin a un proceso que estuvo plagado de irregularidades, no solo por los tradicionales retrasos que aquejan a los juicios en Venezuela, sino que incluyeron violaciones a los derechos humanos consideradas como crímenes de lesa humanidad.
El caso de Requesens es emblemático, porque fue detenido tres días después de lo ocurrido sin importar su condición de diputado, la cual le daba inmunidad, y solo permitía que fuera aprehendido en flagrancia y detenido en su casa. No obstante, el TSJ avaló lo ocurrido. Tras horas sin saberse de su paradero, lo cual constituyó una desaparición forzada de corta duración, las autoridades difundieron un video en el que el parlamentario «confesaba» haber contactado a alguno de los implicados en el supuesto magnicidio atendiendo una solicitud de su colega, Julio Borges.
La publicación de la grabación ya es de por sí una irregularidad, en el marco de una investigación penal, pero además, en ella se veía al exparlamentario bajo los efectos de alguna sustancia. Luego el político permaneció dos años detenido preventivamente en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), donde según sus familiares y abogados recibió constantes amenazas y abusos psicológicos.
Pero Requesens no fue el único que vio sus derechos y garantías vulnerados. Las tres mujeres condenadas denunciaron haber sido detenidas pese a no tener ninguna vinculación con los hechos y además fueron objeto de torturas por parte de sus captores.
Una de ellas, Emirlendris Benítez, incluso perdió un bebé que estaba gestando debido a los maltratos físicos que recibió de parte de los agentes de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), aseguró su defensora públicamente. El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas pidió a las autoridades que liberaran a Benítez, por considerar que su encarcelamiento era ilícito, pero la petición fue ignorada.
El Tribunal no solo desoyó los llamamientos de las instancias internacionales, sino que no reparó en las graves denuncias que formularon algunos de los acusados.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
El caso del dron es un fiel reflejo de lo alejados de la realidad que están los derechos y garantías consagrados en la Constitución y las leyes. Varios de los ahora condenados fueron detenidos horas después y en zonas muy alejadas de los sucesos, una de ellas incluso sin importar que gozaba de inmunidad, pero las autoridades consideraron dichas capturas en flagrancia, es decir, consideran haberlos descubierto mientras cometían los delitos o poco después.
Asimismo, algunos de los detenidos estuvieron horas sin que se conociera su paradero y otros habrían sido maltratados por sus captores. Aunque estos hechos fueron denunciados, el Poder Judicial los ignoró completamente. Lo anterior demuestra el estado de indefensión en el que se encuentran los ciudadanos, en especial aquellos que se oponen o disienten de la actual administración. Por ello, la noticia de que el MP pidió la extradición de la periodista Carla Angola, por «llamar al magnicidio», no debe ser tomada como una broma.
Nota de Prensa