El Poder Judicial de Perú ordenó este sábado al Ministerio de Salud y al seguro social Es Salud llevar a cabo un protocolo de cumplimiento de derecho a la muerte digna de Ana Estrada, quien padece una enfermedad degenerativa e incurable, y respetar su decisión de “poner fin a su vida a través de la eutanasia“.
Hace cinco meses, la Corte Suprema aprobó en parte la demanda que solicitaba no aplicar el delito de “homicidio piadoso” al caso de Ana Estrada, a efectos de que pueda acceder al procedimiento médico de la eutanasia, cuando ella así lo requiera, un derecho por primera vez reconocido en Perú.
Pero hasta ahora, la sentencia no había sido ejecutada, una espera que ha afectado la “frágil” salud de Estrada, dijo a EFE su defensa, Paula Silverino.
Finalmente, la resolución ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud “a fin de que procedan a respetar la decisión de doña Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia; mediante la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa), un fármaco destinado a poner fin a su vida, u otra intervención médica destinada a tal fin”.
“Esta sentencia significó muchísimo para Ana, suena paradójico pero le ha devuelto las ganas de vivir y de luchar por su vida sabiendo que está más cerca de tener garantizado su derecho a la muerte digna”, expresó Silverino.
La abogada explicó que es un derecho que ya le fue reconocido por las más altas instancias judiciales, pero que todavía no contaban con el protocolo, que es precisamente lo que se acaba de ordenar, sin este, el derecho “queda en la nada”, indicó.
La sentencia detalla que el seguro social tendrá que formar dos comisiones, la primera para elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada y un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna, y la segunda practicar la eutanasia propiamente dicha.
Además, ordena a Es Salud “a brindar todas las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas” de Estrada, “lo que deberá ejecutarse dentro de los diez días hábiles contados a partir del momento o fecha en que ella manifieste su voluntad de poner fin a su vida“.
Así, el juzgado resolvió favorablemente la acción de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo que pedía “con celeridad y urgencia“, ejecutar la sentencia, puesto que ya había pasado casi medio año.
“Destacamos decisión del Poder Judicial que ordena ejecutar fallo que reconoce derecho de Ana Estrada a una muerte digna. Corresponde a Es Salud y al Ministerio de Salud realizar y validar el protocolo, respectivamente, en el menor tiempo posible”, indicó en Twitter la Defensoría después de conocer el fallo.
Estrada tiene 45 años y desde los 12 sufre polimiositis, una enfermedad que debilita sus músculos y la mantiene conectada a un respirador artificial durante casi todo el día.
Su firme decisión de conseguir una muerte digna, cuando ella misma lo decida, la ha convertido en el primer símbolo de la eutanasia en Perú.
Durante su batalla legal, la activista ha reiterado que no quiere convencer a nadie, simplemente pide respeto por las libertades y derechos de los individuos y que desea poder elegir cuándo morir de una forma digna.
“Yo no quiero morir ahora, he ido preparando mi camino y no quería llegar a un momento en el que tuviera que rogar por mi muerte, yo no quería eso”, explicó Estrada en marzo de 2022 en una entrevista a EFE.
EFE