Pago del Islr: Lo que debes saber para evitar sanciones

Pago del Islr: Lo que debes saber para evitar sanciones

Pago del Islr: Lo que debes saber para evitar sanciones | Foto: mppef.gob.ve

 

El plazo para presentar la declaración definitiva del Impuesto Sobre la Renta para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023 de las personas naturales y jurídicas culmina el 15 de mayo de 2024

Este próximo 15 de mayo vence la prórroga emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) para realizar la declaración definitiva y pago del Impuesto Sobre la Renta de las personas naturales y jurídicas no calificadas como sujetos pasivos especiales.





Por Moiselis Méndez | Tal Cual

Cabe destacar que aquellos que incumplan con la declaración o el pago oportuno del ISLR, serán objeto de sanciones por parte del organismo tributario. Dichas multas van desde 50 hasta 150 unidades tributarias, equivalente a 450 y 1.350 bolívares respectivamente, partiendo del valor de la Unidad Tributaria (UT) el cual se encuentra en 9 bolívares.

Además de evitar sanciones, la solvencia del ISLR es un requisito solicitado en organismos públicos y privados para realizar diversos trámites, como por ejemplo la solicitud de solvencias de créditos o hipotecas en instituciones bancarias; trámites referidos a rifas o promociones ante la Superintendencia Nacional para los Derechos Socioeconómicos (Sundde), entre otros.

Foto Archivo

 

Ante la proximidad de la fecha, en TalCual te mostramos toda la información que necesitas saber para declarar el Impuesto Sobre la Renta.

Lo que debes saber

– El artículo 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta detalla que deben declarar dicho impuesto las personas naturales, asalariados con ingreso anual superior a 1.000 unidades tributarias (9.000 bolívares) y no asalariados con ingresos brutos mayores a 1.500 unidades, correspondiente a 13.500 bolívares.
– Todas las personas jurídicas deben declarar al final de su ejercicio fiscal, aunque no hayan percibido ingresos.
– Las personas naturales pueden optar por cancelar hasta en tres porciones, la fecha de pago de la primera cuota corresponderá al 15 de mayo de 2024, la segunda el 4 de junio y la tercera el 25 de junio, según destacó el ente en sus redes sociales.
– La declaración del ISLR deberá ser presentada electrónicamente, de acuerdo a lo establecido en ley.

Leer más en Tal Cual