Juan Carlos Aptiz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), explicó este jueves por qué es “nula” la sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre los resultados del 28 de julio.
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A través de un video compartido por el periodista Oliver Fernández en su cuenta de X, Aptiz mencionó que una de las razones es porque arrebataron competencias que le pertenecen al Consejo Nacional Electoral (CNE). Otro motivo que señaló el decano es que la presidenta de la SE, Caryslia Rodríguez, fue “recusada por falta de imparcialidad”, después de que el excandidato presidencial Enrique Márquez presentara un recuso el pasado martes 20 de agosto.
“Nula, una sentencia nula. No tiene existencia en el mundo jurídico por muchas razones. La primera de ellas, porque la Sala Electoral desde un comienzo arrebató competencias que le pertenecen al CNE y el artículo 138 de nuestra Constitución es absolutamente claro: ‘toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos’. Por eso esta sentencia es nula, pero también es nula porque se les olvidó que entre otras cosas, el día martes 20 fue recusada la presidenta de la Sala Electoral por falta de imparcialidad”, comentó.
“Su parcialidad política evidente al ser militante del Psuv es lo que motivó a esa recusación. Con más que pudieron dictar esa sentencia y ni siquiera han resuelto la recusación que fue presentada el día martes por el ciudadano Enrique Márquez”, agregó.
Juan Carlos Aptiz, indicó que la razón más importante por la que esa sentencia es “nula”, porque “se pone de espalda a la soberanía popular”.
“Lo más importante, es nula porque esta sentencia se pone de espalda a la soberanía popular. El 28 de julio los venezolanos expresaron su opinión y es muy otra de la que hoy dice la Sala Electoral que ganó las elecciones. Se trata de una sentencia nula por varias razones, pero la más importante de ellas es porque se pone de espalda a la soberanía popular”, expresó.