Especialistas afirman que la población vulnerable será la más afectada con la Ley de Fiscalización de las ONG

Especialistas afirman que la población vulnerable será la más afectada con la Ley de Fiscalización de las ONG

 

El pasado jueves 15 de agosto, la Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la “Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro”, normativa que, según el criterio de representantes de ONG y defensores de derechos humanos, pone en riesgo el derecho a la libertad de asociación, la libertad de expresión, la participación en asuntos públicos y otros derechos establecidos en la Constitución, leyes nacionales y tratados internacionales.

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El abogado y codirector de la organización Acceso a la Justicia, Alí Daniels, señaló que entre el articulado de la ley destaca que las ONG deben cumplir con una serie de requisitos administrativos para que puedan autorizar su funcionamiento.

“La ley no reconoce los derechos adquiridos de las organizaciones y obliga a que todas vuelvan a inscribirse en un registro para poder tener personalidad jurídica, exigiendo una serie de requisitos que pueden permitir que un funcionario niegue esa inscripción de manera arbitraria, y además que organizaciones que puedan ser molestas al Gobierno, no se puedan legalizar (…) Además, este tema de la inscripción no se acaba ahí. Porque una vez que se inscriba, y en el supuesto de que le acepten todos los documentos, anualmente tiene que entregar otros documentos, por lo cual la vida de la organización va a depender de esa revisión anual”, dijo Daniels.

El abogado añadió que una tercera parte de las normas que contiene la ley son de carácter punitivo, es decir, sancionatorias. Especificó que el documento contempla seis tipos de sanciones: multas, anulación de registro, medida preventiva de suspensión, disolución, anulación del registro de las organizaciones no domiciliadas y expulsión del país de personas extranjeras miembros de una organización no domiciliada.

“Se establecen unas multas que para nosotros tienen carácter confiscatorio, porque por una primera falta son de 100 a 1000 dólares, el término medio serían 500 dólares, y si hay una segunda falta, sería de hasta 10.000 dólares la multa”, añadió Daniels.

De acuerdo a un documento publicado por Acceso a la Justicia sobre los aspectos más resaltantes del instrumento legal, destacan que algunas de las causas de sanción que establece la ley son: incumplir con el registro oportuno de los actos y hechos previstos en la ley (artículo 35.1) e incumplir con la obligación de notificar de una donación o financiamiento (artículo 35.2), entre otros motivos.

En este análisis realizado por Acceso a la Justicia, exponen que la ley obliga a todas las organizaciones a reformar sus actas constitutivas imponiéndoles condiciones y modalidades específicas (artículo 13 y disposición transitoria segunda).

Asimismo, indican que otra de las obligaciones que establece el instrumento legal para las organizaciones ya constituidas es entregar ciertos recaudos dentro de los 90 días de entrada en vigencia de la ley, esto es, una vez publicada en Gaceta Oficial. Los recaudos serían: un inventario de sus bienes con determinación de sus fuentes y origen, balances contables, estados financieros, relación de donaciones con identificación de donantes, nombres de todos sus asociados, entre otros (artículo 26).

Cierre del espacio cívico

Para la especialista en derechos humanos, Beatriz Borges, la aplicación de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, tendría un impacto directo en el cierre del tejido social y el espacio cívico en Venezuela.

“Se estarían violando tratados internacionales de derechos humanos y también nuestras leyes y nuestra Constitución que garantizan el derecho a la asociación, la libertad de expresión, el derecho a la defensa y a defender derechos. Y se está violando, de manera arbitraria, la capacidad de las organizaciones de ser autónomas, independientes y poder realizar su labor sin violencia, sin coacción, sin una regularización excesiva”, afirmó Borges.

Sobre esto, el codirector de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, agregó que la ley vulneraría el derecho de participación en asuntos públicos. Precisó que de acuerdo con los estándares internacionales, hay dos grandes tipos de asociaciones: las asociaciones de derechos y las asociaciones de hecho.

“Las asociaciones de derechos, que son las que tienen personalidad jurídica, están inscritas en un registro. Y las asociaciones de hecho, que son organizaciones de personas que están haciendo algo, pero no están inscritas en ninguna parte. De acuerdo con la ley, solo podrán intervenir en asuntos públicos las que estén inscritas”, explicó.

Sectores vulnerables serán los más afectados

Ambos especialistas coincidieron en que, con la aplicación de esta ley, los más afectados serán las poblaciones vulnerables que han sido impactadas por la situación de Emergencia Humanitaria Compleja que atraviesa Venezuela y cuyas necesidades son atendidas por diferentes organizaciones no gubernamentales.

“Las organizaciones y la sociedad civil son muy amplias. Desde las organizaciones humanitarias que ayudan en el tema de la alimentación hasta organizaciones que trabajan con temas de derechos humanos y defienden a personas detenidas, torturadas, desaparecidas. Organizaciones que trabajan con salud, que defienden a niños, niñas y adolescentes, que trabajan con los animales, las iglesias. Todo el mundo se va a ver afectado y toda la sociedad por esta situación que viola los derechos humanos, el derecho a la libertad de asociación”, apuntó Borges, especialista en derechos humanos.

Por su parte, Daniels indicó que al aumentar el número de requisitos administrativos que deben consignar anualmente, la estructura de costos de las organizaciones también sufrirá un impacto que incidirá en la ayuda que puedan ofrecer. “Por ejemplo, si a una organización se le dan 100 dólares para medicinas para zonas populares, y de esos 100 dólares se destinaba un dólar para gastos administrativos, ahora va a tener que destinar más y eso quiere decir que de esos 100 dólares, menos cantidad va a llegar a los necesitados. Los más afectados van a ser los más necesitados, porque la ayuda humanitaria que se encuadra desde Naciones Unidas tiene como meta a estas personas que son las más golpeadas por la Emergencia Humanitaria”, resaltó el codirector de Acceso a la Justicia.

Fórmula de Nicaragua

Daniels consideró que esta ley abre el camino a una situación parecida a la de Nicaragua, donde cientos de organizaciones han sido ilegalizadas.

En esto está de acuerdo Borges, quien opinó que la ley busca emular lo que ha sucedido con las organizaciones no gubernamentales en ese país centroamericano.

“En un contexto autoritario como el de Nicaragua se busca eliminar a toda la disidencia y, justamente, con el efecto del registro, si bien es cierto se está cerrando de facto las organizaciones, porque además puede no haber respuesta del Estado y ya de por sí las condiciones que establece la ley, hace que las organizaciones se estén planteando su propia existencia. Entonces, definitivamente es una emulación de lo que pasa en Nicaragua y vemos allí los efectos de lo terrible que es que se cierre el espacio cívico y cómo esto es característica y es una receta de los gobiernos autoritarios”, aseveró Borges.

El pasado 19 de agosto, el subsecretario para Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado de los EEUU, Brian Nichols, se pronunció sobre esta nueva ley en Venezuela.

“La nueva ley de Maduro y sus representantes para controlar a las ONG venezolanas es un ataque directo contra la sociedad civil y la libertad de asociación, socava la democracia e impide la participación ciudadana en los espacios cívicos. Esta acción solo aislará aún más a Maduro de la comunidad mundial”, escribió en su cuenta en X.

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