El director de Votoscopio, Eugenio Martínez, resaltó este jueves que la reciente sentencia del Tribunal Supremo (TSJ) viola al menos dos artículos de la ley electoral vigente.
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“En su sentencia, los magistrados del TSJ obviaron todo lo referido a los artículos 382 y 385 del Reglamento General de la LOPRE en donde se establece taxativamente cómo debe el CNE publicar los resultados de cada acta”, expresó el periodista en redes sociales, donde adjuntó capturas de la presente Ley Orgánica de Procesos Electorales.
En concreto, la sentencia impidió que el Consejo Nacional Electoral (CNE) presentara el Boletín Final de Totalización como es debido, con los resultados disgregados por centro y por mesa.
Dicho paso, solo es posible luego de los correspondientes procesos de auditorías, que tampoco fueron cumplidos en este caso.
Asimismo, Martínez indicó que “es importante insistir en que el TSJ no validó que el material entregado por el CNE se corresponde con las bases de datos y las actas generadas el 28 de julio”.
La Sala Electoral del TSJ se suscribió a los resultados del CNE de la pasada elección presidencial que proclamaron como supuesto ganador a Nicolás Maduro, pese a que las actas de escrutinio no fueron sometidas a la verificación internacional independiente.
Además, dicha sala no cuenta con la atribución de verificar ningún resultado, tan solo puede dirimir impugnaciones referidas al proceso.